Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 25/5/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 2 de mayo de 1996, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el Inem y afectas al Plan de Empleo Rural 1995.

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Determinada por Decreto 266/1995, de 24 de octubre, la financiación por la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1995, contraigan las Diputaciones provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Plan de empleo rural, la Diputación Provincial de Córdoba ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones provinciales, así como con el suscrito entre la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre y 6/1990, de 29 de diciembre y en virtud de lo dispuesto por el Decreto

266/1995, de 24 de octubre, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Plan de empleo rural 1995,

DISPONGO

Primero. Dentro de los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto 266/1995, de 24 de octubre, se financian en un 75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación Provincial de Córdoba al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Plan de empleo rural del ejercicio 1995.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación provincial de Córdoba por un importe total de 193.229.284 ptas. desglosado en las cantidades que figuran en Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones locales detalladas en el mismo, en el que consta, igualmente, las aportaciones de la Administración estatal, provincial y local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Planificación y Coordinación de Inversiones para el Plan de empleo rural de 1995 y para las Entidades locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 7 del Decreto 266/1995, de 24 de octubre y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos de obras afectos al Plan de empleo rural 1995, la Diputación Provincial de Córdoba podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 257.639.037 ptas.

Quinto. La Diputación Provincial de Córdoba deberá remitir a la Consejería de Gobernación antes del 31 de diciembre de 1996, valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que establece el Decreto y el Convenio regulador del Plan de empleo rural 1995.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo del Decreto

266/1995, de 24 de octubre, las Entidades locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afecta al Plan de empleo rural 1995 y en lugar visible,un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 127/1985, de 12 de junio, regulador del manual de identidad corporativa de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como su traslado a la Diputación Provincial de Córdoba y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 2 de mayo de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

ANEXO

CORPORACION APORTACION APORTACION APORTACION APORTACION LOCAL INEM JUNTA AND. DIP. PROV. MUNICIPAL

ADAMUZ 15.546.124. 4.663.837. 1.554.612. 4.822.472.

ALCARACEJOS 2.160.479. 648.143. 216.048. 523.809.

ALGALLARIN 4.499.376. 1.349.813. 449.937. 497.912.

ALMEDINILLA 3.526.502. 1.060.950. 353.650. 705.321.

ALMODOVAR DEL 9.403.351. 2.821.005. 940.335. 6.598.388. RIO

AÑORA 4.986.135. 1.495.841. 498.613. 2.455.809.

BAENA 28.706.821. 8.612.645. 2.870.882. 6.553.807.

BELALCAZAR 7.080.390. 2.124.117. 708.039. 1.450.392.

BENAMEJI 8.155.950. 2.446.785. 815.595. 815.595.

BUJALANCE 12.489.229. 3.740.768. 1.246.923. 1.605.282.

CABRA 22.457.600. 6.737.279. 2.245.760. 15.362.566.

CAÑETE DE 5.725.020. 1.717.506. 572.502. 3.030.989. LAS TORRES

CARCABUEY 3.673.165. 1.101.950. 367.316. 3.258.688.

CARDEÑA 4.240.972. 1.272.291. 424.097. 1.260.383.

CARLOTA (LA) 12.712.674. 3.813.802. 1.271.267. 10.956.004.

CARPIO (EL) 4.944.308. 1.483.292. 494.431. 3.748.198.

CORDOBA 54.665.293. 16.399.588. 5.466.529. 27.133.103.

DIPUTACION 196.941.946. 59.035.465. 19.678.488. 51.282.817. PROVINCIAL

DOS TORRES 3.000.037. 891.588. 297.196.

ESPIEL 912.861. 273.858. 91.286. 571.674.

FERNAN-NUÑEZ 3.599.168. 1.079.750. 359.917. 4.097.889.

FUENTE CARRETERO 2.926.529. 877.961. 292.651. 3.476.139.

FUENTE OBEJUNA 9.639.796. 2.891.939. 963.979. 988.927.

FUENTE-TOJAR 1.733.629. 520.088. 173.363. 413.517.

GRANJUELA (LA) 1.699.545. 509.864. 169.954. 765.130.

GUADALCAZAR 3.032.455. 909.736. 303.245. 2.035.659.

GUIJO 5.300.014. 1.590.004. 530.001. 754.953.

HINOJOSA DEL 4.608.778. 1.382.633. 460.878. 131.680. DUQUE

HORNACHUELOS 2.255.909. 676.773. 225.591. 3.287.182.

LUCENA 20.626.329. 6.187.898. 2.062.633. 10.690.812.

MONTALBAN 14.073.337. 4.222.001. 1.407.333. 14.678.124. DE CORDOBA

MONTILLA 24.509.147. 7.352.743. 2.450.914. 2.450.914.

MONTORO 6.662.015. 1.998.605. 666.201. 190.343.

MORILES 5.866.329. 1.759.898. 586.633. 2.339.989.

OBEJO 3.159.430. 947.829. 315.943. 737.564.

PALENCIANA 4.387.807. 1.316.342. 438.780. 3.024.441.

PEDROCHE 3.759.497. 1.127.849. 375.949. 1.959.813.

POSADAS 10.971.694. 3.291.508. 1.097.169. 6.039.197.

POZOBLANCO 6.379.913. 1.913.974. 637.991. 6.093.600.

PRIEGO DE 26.432.142. 7.929.642. 2.643.214. 15.895.673. CORDOBA

PUENTE GENIL 11.364.217. 3.409.265. 1.136.241. 5.432.271.

RAMBLA (LA) 3.477.840. 1.043.352. 347.784. 1.854.551.

RUTE 12.088.533. 3.926.560. 1.308.853. 5.092.845.

SANTAELLA 9.235.367. 2.770.610. 923.536. 6.094.764.

VALENZUELA 1.550.824. 465.247. 155.082. 1.628.

VALSEQUILLO 500.000. 150.000. 50.000. 173.434.

VICTORIA (LA) 5.005.954. 1.501.786. 500.595. 1.024.165.

VILLAFRANCA 7.303.552. 2.191.065. 730.355. 3.954.516. DE CORDOBA

VILLAMARTA 1.900.008. 570.002. 190.001. 803.261.

VILLANUEVA DE 12.647.233. 3.794.170. 1.264.723. 7.858.154. CORDOBA

VILLANUEVA 2.945.636. 883.751. 294.583. 294.584. DEL DUQUE

VILLARALTO 2.088.099. 626.429. 208.810. 208.810.

VISO (EL) 3.731.626. 1.119.486. 373.162. 373.163.

ZUHEROS 2.000.000. 600.000. 200.000. 551.767.

TOTAL: 644.282.795. 193.229.284. 64.409.753. 260.231.665.

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