Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 09/12/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 28 de octubre de 1997, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se acuerda declarar adjudicación singular, la adjudicación de una vivienda de promoción pública en C/ Isabel Navarro, núm. 35, de Fiñana (Almería), al amparo del expediente AL-84/220-V.

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El Decreto 51/1996, de 6 de febrero, por el que se regulan las actuaciones contenidas en el II Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 1996-1999, establece en su Disposición Adicional Sexta que el procedimiento especial de adjudicación de viviendas de Promoción Pública denominado Actuación Singular, previsto en el artículo 6º del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, sobre adjudicación de viviendas de Promoción Pública se denominará Adjudicación Singular. Dicho artículo 6º, en el segundo párrafo de su apartado 1º, establece la posibilidad de acordar la realización de actuaciones singulares destinadas a transmitir viviendas extraídas de las Promociones Públicas, a Corporaciones Locales con destino a cubrir necesidades sociales o de interés público.

La Comisión Provincial de Vivienda de Almería, en su sesión celebrada el día

29 de mayo de 1997 acordó elevar a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda propuesta de declarar adjudicación singular, la adjudicación de una vivienda de Promoción Pública en C/ Isabel Navarro, núm. 35, de Fiñana (Almería), al amparo del expediente AL-84/220-V, y mediante Orden de esta Consejería, de 19 de agosto de 1997, se autorizó la adjudicación de la citada vivienda en régimen de propiedad.

Con la adjudicación singular propuesta se pretende atender la necesidad de vivienda de una familia cuya casa fue derribada y declarada en ruina por la construcción de un muro realizado como consecuencia del desprendimiento del cerro de la Alcazaba.

En su virtud, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 6 del Decreto

413/1990, de 26 de diciembre, y a propuesta de la Comisión Provincial de la Vivienda de Almería, esta Dirección General ha tenido a bien resolver lo siguiente:

Primero. Se declara como adjudicación singular la adjudicación de una vivienda de Promoción Pública en C/ Isabel Navarro, núm. 35, de Fiñana (Almería), al amparo del expediente: AL-84/220-V.

Segundo. La vivienda será adjudicada de acuerdo con las normas específicas que figuran como Anexo a esta Resolución.

Tercero. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de octubre de 1997.- El Director General, Víctor Pérez Escolano.

NORMAS ESPECIFICAS DE ADJUDICACION EN REGIMEN DE COMPRAVENTA DE UNA VIVIENDA DE PROMOCION PUBLICA EN LA CALLE ISABEL NAVARRO NUM. 35, EN FIÑANA (ALMERIA), AL AMPARO DEL EXPEDIENTE AL-84/220-V

Primera. Será adjudicatario de esta vivienda el Ayuntamiento de Fiñana (Almería), quien la destinará a paliar la necesidad de vivienda de la familia cuya casa fue derribada y declarada en ruina con motivo de la construcción del muro realizado por el desprendimiento del cerro de la Alcazaba.

Segunda. 1. El régimen de adjudicación de la vivienda será el de compraventa.

2. El usuario o futuro propietario deberá reunir los requisitos establecidos en el Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, modificados por el artículo 27, apartado 1º del Decreto 51/1996, de 6 de febrero.

Tercera. La adjudicación directa de la indicada vivienda corresponde a la Comisión Provincial de la Vivienda de Almería.

Dada la urgencia de la situación y conforme al artículo 1º de la Orden de 9 de mayo de 1980 sobre agilización de actuaciones del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, en la promoción directa de viviendas de Protección Oficial se podrá hacer uso del procedimiento de urgencia regulado en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. La resolución de la Comisión Provincial de Vivienda sobre adjudicación de esta vivienda será recurrible mediante recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes.

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