Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/03/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 4 de marzo de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por la Consejera resolviendo el recurso ordinario interpuesto por don Armando Vílchez Estévez.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Armando Vílchez Estévez contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Granada, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

En la ciudad de Sevilla, a veintidós de octubre de mil novecientos noventa y seis.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes:

ANTECEDENTES

Primero. Tramitado el expediente en la forma legalmente prevista, el Ilmo. Sr. Delegado dictó, con fecha 24 de noviembre de 1995, Resolución por la que se denegaba la autorización de boletín de instalación de la máquina recreativa tipo «B¯, modelo El Dado de Oro, serie 93-13646 y núm. de guía

1092187.

Segundo. Notificada la Resolución, don Armando Vílchez Estévez, en representación de «Alvimatic, S.L.¯, interpone recurso ordinario, basado en que el establecimiento en que se prevé la instalación de la máquina recreativa anteriormente citada, goza de licencia municipal de apertura, por lo que resulta inadmisible que a la Delegación no le conste este extremo.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

El artículo 42.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, dispone en su párrafo segundo que están exceptuados de la obligación de dictar resolución expresa los procedimientos «... en los que se haya producido la pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento¯.

Al comprobarse que ya ha sido autorizada la máquina recreativa tipo «B¯, modelo El Dado de Oro, serie 93-13646, no nos queda sino proceder al archivo del recurso ordinario.

Vistos los preceptos citados y demás de pertinente aplicación resuelvo archivar el recurso ordinario interpuesto.

Contra la presente Resolución -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden 29.7.85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova.

Sevilla, 4 de marzo de 1997.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.

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