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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AGUAS Y SERVICIOS. MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio 254,72 ptas./mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico, comercial e industrial
Bloque I. De 0 a 8 m3/mes 11,32 ptas./m3 Bloque II. Más de 8 a 30 m3/mes 71,70 ptas./m3 Bloque III. Más de 30 m3/mes en adelante 152,83 ptas./m3
Otros consumos
Tarifa única 166,98 ptas./m3
Centros oficiales
Tarifa única 71,70 ptas./m3
Derechos de acometida
Parámetro A: 1.552 ptas./mm.
Parámetro B: 21.557 ptas./l./seg.
Cuota de contratación y reconexión: Según art. 56 del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua.
Fianzas: Se establece una fianza de 1.797 ptas. para contratos indefinidos. Resto de fianzas según aplicación del art. 57 del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua Potable.
La presente Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 19 de junio de 1997
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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