Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 03/12/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 12 de noviembre de 1998, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Huelva con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1998.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Determinada por Decreto 136/1998, de 23 de junio, la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1998, contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Programa de Fomento de Empleo Agrario, la Diputación Provincial de Huelva ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Administración de la Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales, así como con el suscrito entre la Administración de la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo 2 de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4.1 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 136/1998, de 23 de junio, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1998,

DISPONGO

Primero. Dentro de los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto 136/1998, de 23 de junio, se financian en un 75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación Provincial de Huelva al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario del ejercicio 1998.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación Provincial de Huelva por un importe total de 34.518.638 ptas., desglosado en las cantidades que figuran en Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones Locales detalladas en el mismo, en el que constan, igualmente, las aportaciones de la Administración estatal, provincial y local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Seguimiento para el Programa de Fomento de Empleo Agrario de

1998 y para las Entidades Locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 8 del Decreto 136/1998, de 23 de junio, y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario de 1997, la Diputación Provincial de Huelva podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 46.024.850 ptas.

Quinto. La Diputación Provincial de Huelva deberá remitir a la Consejería de Gobernación y Justicia antes del 31 de diciembre de 1999 valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que establece el Decreto y el Convenio regulador del Programa de Fomento de Empleo Agrario 1998.

En cualquier caso, el expediente correspondiente a la citada valoración debe aportar certificación acreditativa en la que se indique relación municipalizada de todos y cada uno de los proyectos de obras realizadas con indicación expresa de las cuantías finales aportadas por cada uno de los organismos participantes.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 136/1998, de 23 de junio, las Entidades Locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afecta al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1998, y en lugar visible, un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 245/1997, de 15 de octubre.

Séptimo. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como su traslado a la Diputación Provincial de Huelva y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 12 de noviembre de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

ANEXO

MUNICIPIO I.N.E.M. JUNTA AND DIPUTACION MUNICIPIO

CALAÑAS 3.582.261 1.074.678 358.226 0.- CORTEGANA 34.968.806 10.490.642 3.496.880 2.254.277.- ENCINASOLA 1.998.825 599.648 199.882 470.- GIBRALEON 36.120.912 10.836.274 3.612.091 103.243.- HINOJALES 7.087.063 2.126.119 708.706 0.- ISLA-CRISTINA 7.026.362 2.107.908 702.636 6.603.624.- NAVA (LA) 1.011.688 303.506 101.169 101.169.- SANLUCAR DE 4.374.000 1.312.199 437.400 16.057.- GUADIANA

SANTA 11.084.238 3.325.271 1.108.424 877.- BARBARA DE CASA

VILLARRASA 10.564.720 2.342.393 780.798 509.240.- TOTALES 117.818.875 34.518.638 11.506.212 9.588.957.-