Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 11/07/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 1 de junio de 1998, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la inscripción genérica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del yacimiento de La Mina de la Loba, en Fuente Obejuna (Córdoba).

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I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla unos mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objeto es facilitar la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura, a la que compete igualmente la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los bienes muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo del yacimiento denominado La Mina de la Loba (Fuente Obejuna, Córdoba).

En conjunto la Loba muestra una explotación minera de época republicana, claro exponente de la motivación económica que estimuló la conquista romana de la Bética, lo que la hace merecedora del estatuto jurídico de protección propuesto.

Vista la propuesta del Servicio y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la citada Ley 1/91, esta Dirección General ha resuelto:

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz a favor del yacimiento arqueológico de La Mina de la Loba, cuya identificación y descripción figuran como Anexo de la presente disposición.

2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley 1/91, de Patrimonio Histórico de Andalucía, a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Según lo previsto en el artículo 8.3 de esa norma, esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, y su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

Notifíquese a los titulares del bien y al Ayuntamiento de Fuente Obejuna (Córdoba) y dése traslado a la Delegada Provincial de Cultura de Córdoba, con las indicaciones previstas en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de junio de 1998.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.

- Jefe del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico.

- Ilma. Sra. Delegada de Cultura.

- Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Obejuna.

- Don Angel Calzadilla Benavente y don Gerardo Calzadilla Benavente. C/ Valverde, núm. 2. 14290, Fuente Obejuna, Córdoba.

DATOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE CATALOGACION

Denominación.

Principal: Mina de la Loba.

Accesoria:

Localización.

Provincia: Córdoba.

Municipio: Fuente Obejuna.

Delimitación.

La delimitación del yacimiento susceptible de declaración se encuentra comprendida entre las siguientes coordenadas UTM:

X Y

A: 292.152 4.241.900

B: 292.700 4.241.940

C: 292.165 4.242.450

D: 292.700 4.242.445

Descripción.

El conocimiento arqueológico que hoy día se tiene aún sobre la realidad histórica del norte cordobés sigue siendo muy inferior al de las tierras meridionales, situación que no se debe tanto a la ausencia de yacimientos como al escaso interés demostrado por la investigación.

La Mina de la Loba se enclava en el sector noroeste de la finca del mismo nombre, en concreto en la loma del mismo nombre, entre los arroyos Lóbrego y Montuenga, con una superficie total de 24,77 hectáreas.

En la Mina de la Loba los comienzos de la ocupación se fechan en el calcolítico, momento en que se explota un afloramiento cuprífero llevado a cabo por los habitantes de Los Castillejos, poblado próximo al yacimiento minero. Durante la época romana - cuando la mina conocerá su época de mayor auge- se trabajará en tres filones de plomo argentífero, dos de ellos zanjas a cielo abierto, totalmente rellenas hoy día de escombros, y el tercero subterráneo.

El acceso a este último, que recibe el nombre de Mina de la Loba, se realizaba por dos entradas comunicadas mediante una galería. La ventilación corría a cargo de tres grandes

chimeneas, usadas asimismo para extraer minerales mediante un sistema de poleas.

Una de las mayores dificultades para el trabajo en la mina fue el agua, razón por la que se excavó un pozo en las

proximidades, en la ladera Sur del cerro, con el fin de drenar el manto acuífero. En otras explotaciones las soluciones técnicas fueron más complejas, construyéndose canalizaciones y emplazando norias y tornillos de Arquímedes.

La intervención arqueológica en la Mina de la Loba fue

desarrollada por un equipo interdisciplinar codirigido por profesores de las Universidades Complutense de Madrid, Tolouse- Le Mirail, Córdoba y Santander.

Durante las primeras campañas se excavaron la propia mina y el poblado de Bocamina. Cuando los trabajos de la mina hubieron de interrumpirse ante el peligro de derrumbamiento, la

investigación arqueológica se centró en los asentamientos de mineros que la rodean. En las siguientes campañas de

excavación, realizadas ya en la década de los ochenta, se exhumaron varias construcciones con suelo de tierra, zócalo de piedra de pocos centímetros y alzado de entramado vegetal, que debieron usarse como refugios provisionales. En la última campaña, además, fue excavado un gran edificio rectangular de zócalos anchos, de piedras trabadas con barro, y alzados de tapial y/o adobe. Se subdivide en varios espacios, algunos con pilares centrales de madera. La edificiación contaba con un sistema de desagüe a base de canalizaciones de cerámica y conducciones construidas con cuellos y bocas de ánforas rotas. El uso inicialmente atribuido a este edificio es el de albergue de esclavos que trabajaban en la mina. Han sido hallados, asimismo, lavaderos de metal y otros adminículos para el manejo del mineral. Diversos autores han planteado la posibilidad de la existencia, en las cercanías de la mina, de una guarnición militar para defensa y control de la producción y vigilancia de los esclavos.

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