Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Examinado el expediente número 113/92 de Empresas Titulares de Salones, cuyo titular es Sánchez Rodríguez, Manuel, empresa inscrita con el número TJA001799, se procede a considerar los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Unico. Que por el Servicio de Inspección de esta Dirección General, se ha comprobado que el Salón Recreativo sito en C/ Castillo de Utrera, 25, de Sevilla, cuyo titular es Sánchez Rodríguez, Manuel, empresa Titular de Salones de la Junta de Andalucía, se encuentra cerrado, sin que por el titular se haya notificado el cierre temporal del mismo.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Unico. Que el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 25.1.g), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por la ejecución de modificaciones de las previstas en el artículo 26.1 y 2 del presente Reglamento, sin haber obtenido la autorización previa.
Vistos: La Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado, y demás normas de general y pertinente aplicación esta Dirección General ha resuelto declarar la extinción del permiso de funcionamiento del Salón Recreativo, sito en C/ Castillo de Utrera, 25, de Sevilla.
Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, en el plazo y con los requisitos señalados en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO
Expediente: E.T.S. 113/92.
Interesado: Sánchez Rodríguez, Manuel.
Sevilla, 12 de junio de 1998.- El Director General, Rafael Martín de Agar y Valverde.
Descargar PDF