Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 03/07/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 7 de junio de 1999, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Ronda (Málaga) para mejora de su infraestructura al amparo de la Orden que se cita.

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Mediante Orden de esta Consejería de fecha 22 de diciembre de 1998, se aprobaron las normas por las que se ha de regir la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la mejora de su infraestructura durante el ejercicio 1999.

Por otra parte, la Consejería de Gobernación y Justicia y el Ayuntamiento de Ronda suscribieron con fecha 17 de diciembre de

1998, un Protocolo de Colaboración con la finalidad de establecer el marco para la coordinación, asistencia y cooperación entre ambas Administraciones Públicas en las materias objeto de esta subvención. En consecuencia, una vez evaluada la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) y cumplidos los requisitos de tramitación conforme al procedimiento dispuesto por dicha normativa, mediante la presente Orden se procede a conceder subvención al citado Ayuntamiento para las obras de construcción de edificio de usos múltiples para Servicios de Administración Local, Protección Civil, Parques de Bomberos, Policía Local y Administración de Justicia, todo ello de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a lo criterios de valoración establecidos en el artículo 4 de la citada Orden de de diciembre de 1998.

En su virtud, en uso de las facultades y competencias que me confieren el art. 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el art. 104 de la Ley General de Hacienda Pública; y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999 y en la Orden de 22 de diciembre de 1998,

D I S P O N G O

Primero. Se concede al Ayuntamiento de Ronda (Málaga) una subvención por importe de treinta y cinco millones de pesetas (35.000.000 ptas.), para la construcción de edificio de usos múltiples para servicios de Administración Local, Protección Civil, Parque de Bomberos, Policía Local y Administración de Justicia, con cargo a la aplicación presupuestaria 765.00.81.A.

Segundo. La subvención concedida deberá ser aplicada a la ejecución del proyecto y actuación para la que ha sido otorgada.

Tercero. La subvención se hará efectiva mediante el abono de un 75% de su importe, librándose el 25% restante una vez haya justificado el pago anterior.

Cuarto. La justificación se realizará ante la Consejería de Gobernación y Justicia, Dirección General de Administración Local, en la forma establecida por el artículo 12 de la Orden de 22 de diciembre de 1998, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales para mejora de su infraestructura en el ejercicio 1999.

Quinto. Las obligaciones del beneficiario de la subvención concedida por la presente Orden así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas se regularán por lo dispuesto en los artículos 16 y 17 de la Orden de 22 de diciembre de 1998.

Sexto. De la presente Orden se dará conocimiento a la Entidad afectada y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y expuesta en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y Justicia y sus Organos periféricos.

Sevilla, 7 de junio de 1999

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia