Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 14/12/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ALORA (MALAGA)

ANUNCIO de bases.

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PLIEGO DE BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO EN CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ALORA (MALAGA)

1. Normas generales.

1.1. Objeto de las Bases y número de plazas. Es objeto d las presentes Bases la provisión de la siguiente plaza:

Plaza: Técnico contabilidad y presupuesto. Número de plazas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Categoría: Media.

Grupo: B.

Sistema de selección: Concurso.

Titulación exigida: Diplomado en Ciencias Empresariales.

1.2. Régimen jurídico aplicable. Las pruebas selectivas que se convocan se regirán por las presentes Bases y por la normativa estatal y autonómica aplicables.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes.

2.1. Requisitos generales. Para poder ser admitidos y participar en las pruebas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años el día que termine el plazo de presentación de solicitudes y no exceder de aquélla en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

A los efectos de la edad máxima para el ingreso, se compensará el límite con los servicios cotizados anteriormente a la Seguridad Social, en cualquiera de sus regímenes.

c) Estar en posesión del título exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones públicas.

3. Solicitudes.

3.1. Forma. Podrán instar la participación en el proceso selectivo mediante simple instancia, con el contenido establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992. En dicha instancia, el peticionario deberá, además, formular declaración jurada o bajo promesa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probarlo documentalmente.

3.2. Documentos que deben presentarse. Las instancias deberán presentarse acompañadas de fotocopia del DNI y original del recibo o carta de pago de los derechos de examen o, en su caso, resguardo que acredite su remisión por vía postal o telegráfica. Asimismo, se unirán a la instancia, para su valoración en el concurso, fotocopias compulsadas de los documentos acreditativos de los méritos alegados.

3.3. Plazo de presentación. Las solicitudes y la documentación acreditativa de los méritos alegados deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales, contados desde el

siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.

3.4. Lugar de presentación. Las solicitudes y la documentación complementaria se presentarán en el Registro

General del Ilmo. Ayuntamiento de Alora (Plaza de la Fuente de Arriba núm. 15, 29500 Alora);en los Registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado o de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas; en las r presentaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como en las Oficinas de Correos, en la forma que se encuentra establecido, de conformidad a lo dispuesto en el art. 38 de la Ley 30/1992. En este último supuesto, las instancias se presentarán en las Oficinas de Correos en sobre abierto, a fin de que por el empleado que admita el envío se estampe el sello de fechas en el documento, de manera que aparezcan con claridad el nombre de la Oficina y la fecha de presentación.

3.5. Derechos de examen. Los derechos de examen serán

de mil pesetas (1. 000), que deberán abonarse mediante pago directo en la Tesorería del Ilmo. Ayuntamiento de Alora (Plaza de la Fuente de Arriba núm. 15, Alora), donde se expedirá al interesado el recibo o carta de pago. Los derechos de examen podrán ser satisfechos, también, por medio de Giro Postal o Telegráfico, dirigido a la citada Tesorería, haciendo constar en tales giros el nombre del aspirante y la prueba selectiva a que se presenta

4. Admisión de candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Presidencia de la Corporación se dictará Resolución, en término máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, indicando en su caso, la causa de su exclusión.

En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el lugar en que serán expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días para subsanación del defecto que haya motivado la

exclusión.

También se determinará el lugar y fecha de comienzo de

la valoración de los méritos alegados.

5. Tribunal Calificador.

5.1. Composición.

Presidente: El de la Corporación.

Secretario: El de la Corporación.

Vocales:

1 representante por cada grupo político.

1 representante de la Junta de Andalucía.

La Sra. Interventora.

6. Procedimiento de selección.

La selección se efectuará por el procedimiento de concurso, según las siguientes normas:

El Tribunal se reunirá y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes.

El resultado inicial se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación 48 horas después de la terminación de las valoraciones.

La valoración inicial de méritos tendrá carácter provisional hasta el cotejo o compulsa de las fotocopias adjuntas a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, con los documentos originales o fehacientes, acreditativos de los méritos alegados.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad

de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la

calificación del concurso, confirmando, en su caso, la

puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados y probados, según el procedimiento señalado en estas Bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no se corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.

Se valorarán los siguientes méritos:

Experiencia Profesional.

A.1. Experiencia profesional.

La experiencia profesional se valorará hasta un máximo

de 30 puntos y se valorarán como máximo 10 años de experiencia profesional, en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicios prestados en la administración local como Técnico contabilidad y presupuesto: 0, 25 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otra Administración Pública como Técnico contabilidad y presupuesto:

0, 20 puntos.

Los servicios prestados en la Administración se acreditarán con certificación del Organismo correspondiente. No se

computarán en ningún caso los servicios prestados como

funcionario de empleo.

A.2. Por haber desempeñado puesto de Interventor General en Ayuntamientos de población superior a 10.000 habitantes, hasta un máximo de 15 puntos (sólo se valorará si se ha desempeñado en los últimos 10 años)en la forma siguiente:

- Por cada mes trabajado: 0, 60 puntos.

Los servicios prestados en la Administración se acreditarán con certificación del Ayuntamiento correspondiente.

Cursos de Formación y perfeccionamiento profesional.

B.1. Por participación en cursos y seminarios por

Administraciones Públicas y Centros de Formación Públicos, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza convocada y una antigüedad inferior a

12 años, hasta un máximo de 20 puntos en la forma siguiente:

- Cursos de 1 a 10 horas: 1 punto.

- Cursos de 11 a 20 horas: 2,5 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 3,5 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 5 puntos.

- Cursos de más de 100 horas: 7'5 puntos.

La puntuación antes indicada se incrementa en 2 puntos

en aquellos cursos directamente relacionados con el Presupuesto y la Contabilidad pública Local.

Méritos Académicos:

C.1. Por estar en posesión del título de Licenciado en

Derecho o en Ciencias Económicas y empresariales: 10 puntos.

7. Calificación y publicidad de los resultados.

7.1. Calificación final. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones del

concurso. En caso de empate, se resolverá según se establece la fase E)del concurso.

7.2. Publicidad. El Tribunal publicará y elevará a la autoridad competente la propuesta de nombramiento y relación de

aprobados, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas, sin que quepa asignar en ningún caso, cualquiera que fuere la puntuación que obtengan los demás aspirantes, la calificación de aprobado sin plaza u otra semejante. Si se rebasare en la propuesta el número de plazas convocadas, la propuesta será nula de pleno derecho.

7.3. Efectos vinculantes. Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su r visión conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.4. Contra las resoluciones y actos de los órganos de

selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Alora, esto es, ante la autoridad que nombró al Presidente del Tribunal.

8. Presentación de documentos.

El aspirante propuesto presentará en Ilmo. Ayuntamiento de Alora dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al que se haga pública la propuesta del Tribunal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.

Si el propuesto tuviese la condición de funcionario público, estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de que dependa acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si el aspirante propuesto no presentase, dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, la documentación aludida, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos establecidos en las Bases, no podrá ser nombrado funcionario, quedando anuladas todas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiere haber incurrido por falsedad en su instancia.

9. Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo, el aspirante que hubiese superado las pruebas y acreditado el cumplimiento de los requisitos precisos para poder participar en el proceso selectivo será nombrado funcionario de carrera en la plaza objeto de esta Convocatoria. El nombramiento deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

El funcionario nombrado deberá tomar posesión en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de dicho nombramiento.

10. Norma final.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal

podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Alora, 24 de octubre de 2000.-El Alcalde Presidente.