Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 14/12/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE JAEN

EDICTO sobre bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE DIRECTOR DE LA BANDA MUNICIPAL DE MUSICA, MEDIANTE OPOSICION LIBRE

Habiendo sido aprobadas por Resolución de esta Alcaldía- Presidencia de 19 de octubre de 2000, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21.1 g)de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, las bases que han de regir para cubrir en propiedad una plaza de Director de la Banda Municipal de Música, por medio del presente se efectúa la convocatoria de oposición libre, de acuerdo con las siguientes

B A S E S

I. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Director de la Banda Municipal de Música, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, perteneciente a la Oferta de Empleo Público de 2000, mediante Oposición Libre, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A, y con las retribuciones complementarias establecidas.

II. Condiciones de los aspirantes.

a) Ser español o nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y cumplir los requisitos de la Ley

17/1993, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquéllos en que falten menos de 10 para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de Función Pública.

c)Estar en posesión de los dos siguientes títulos:

- Título de Profesor Superior de Dirección de Orquesta, al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre.

- Título de Profesor Superior de Armonía, Contrapunto, Composición e Instrumentación.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

f)No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica prevista en la legislación vigente.

III. Presentación de solicitudes.

En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria, después de su íntegra publicación en el de la Provincia de Jaén y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los aspirantes deberán presentar instancia dirigida al Iltmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento, manifestando que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que ascienden a 3.500 pesetas, cantidad que deberá ser ingresada en la cuenta núm. 30670100280250108304, abierta a nombre del Ayuntamiento de Jaén, en la Caja Rural.

En función de lo prevenido en el art. 19 del R.D. 364/1995, las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.

En las pruebas selectivas se establecerá para las personas con minusvalía que lo soliciten, la adaptación de tiempo

y medios para su realización. A estos efectos, los interesados deberán solicitarlas expresamente en su instancia, debiendo adjuntar, además, el Certificado del Organismo competente que acredite su minusvalía.

IV. Admisión de los aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Iltmo.

Sr. Alcalde dictará Resolución a propuesta de la Sección del Area de Personal en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el BOP exponiéndose además en el tablón de anuncios de la Corporación. En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992, se concedan a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, hora y fecha de la constitución del Tribunal.

Asimismo se hará público el nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

V. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría primera de las recogidas en el R.D. 236/1988, de 4 de marzo, estará integrado por los siguientes miembros:

- Presidente: El Presidente de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue.

- Vocales:

Un representante de la Junta de Andalucía.

Un representante de la Junta de Personal o persona en

quien delegue.

Un funcionario designado por el Presidente.

- Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. Todos sus integrantes deberán poseer titulación igual o superior a la exigida en la presente convocatoria.

Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurran circunstancias de las determinadas en el antes citado precepto legal.

Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base VI de esta convocatoria.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, dos de sus miembros y el Presidente,

pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular, o bien su suplente.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria

y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado notificarlo al Ayuntamiento de Jaén.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la

interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

VI. Procedimiento de selección.

La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la

Alcaldía-Presidencia a que se refiere la base IV, en la que se expresará también el lugar y hora de realización del mismo.

La fecha, lugar y hora de la realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 72 horas, en el tablón de anuncios correspondiente del Ayuntamieno.

La actuación de los opositores se iniciará por orden

alfabético, según el sorteo público que se celebrará, y que se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor, debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, pasaporte o carné de conducir, ya que, en cualquier momento, l

Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

VII. Presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, formulando ante el Sr. Alcalde-Presidente propuesta de

nombramiento. Los aspirantes propuestos deberán presentar en la Secretaría General del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde la fecha en que se hagan públicas las relaciones de aprobados, la documentación que acrediten cada uno de los requisitos especificados en la base II de esta convocatoria.

Base final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la oposición.

Para todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, así como el Régimen General de ingreso en la

Administración Pública de 10 de marzo de 1995, aprobada por el Real Decreto 364/1995.

A N E X O

A)Ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un máximo de una hora y media, un tema de carácter general, determinado por el Tribunal antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con el bloque I del Programa de Materias Comunes que acompaña a esta convocatoria, aunque no coincida, necesariamente, con epígrafe concreto del mismo. La determinación de este tema de carácter general se llevará a cabo por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de entre cinco temas extraídos al azar por un aspirante. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, valorándose, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas y media, dos temas correspondiente al bloque II de Materias Específicas del Programa que acompaña a esta convocatoria. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico. De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio. Constará de dos partes:

- Primera parte: El opositor presentará 10 programas distintos de concierto para Banda procurando abordar en su contenido las distintas épocas musicales. Consistirá en concertar

o interpretar, en un tiempo determinado por el Tribunal, dos obras o fragmentos, una de ellas a elección del opositor y la otra a elección del Tribunal, de entre las propuestas en los 10 Programas presentados por el opositor.

- Segunda parte: Consistirá en concertar e interpretar, en un tiempo determinado por el Tribunal, una obra o fragmento de libre elección por el Tribunal, que le será facilitado al aspirante en el momento del comienzo de este ejercicio, disponiendo de 20 minutos para su preparación con la Banda, previos al desarrollo del mismo.

El ejercicio se desarrollará con Banda de Música. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que

no alcancen un mínimo de 5 puntos.

B)Programa:

Bloque 1: Materias comunes.

1. La Constitución Española de 1978: Principios generales. Características y estructura.

2. Derechos y Deberes Fundamentales de los Españoles.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

5. Los Derechos del ciudadano ante la Administración

Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

6. El acto administrativo: Concepto y clases de actos

administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los mismos.

7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

10. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

11. Organización y competencias municipales.

12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales:

Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El servicio público local. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales:

Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

16. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. Responsabilidad Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las entidades locales.

17. Los contratos administrativos de las entidades locales.

18. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y

fiscalización.

Bloque II. Materias específicas.

19. Albores y síntesis cronológica de la historia de la música.

20. El Renacimiento, la polifonía, hechos importantes.

21. La música y el teatro medieval.

22. El nacimiento de la ópera.

23. El Clasicismo, su florecimiento.

24. Haydn.

25. Mozart.

26. Origen y caracteres del Romanticismo. Sus grandes

maestros.

27. El arte de Wagner y su aportación a la orquesta.

28. La orquesta a partir del siglo XVIII.

29. Plantillas y grupos instrumentales en la orquesta actual.

30. Los instrumentos de cuerda. Características y aplicación en la orquesta.

31. El violín. Sus generalidades y función expresiva.

32. La viola. Su función en los arcos y la orquesta.

33. El violoncello. Aspectos técnicos y generales.

34. El contrabajo. Aspectos técnicos y generales.

35. Transpositores y otros instrumentos en la orquesta.

36. El concertino. Su importancia y función.

37. Principales formas instrumentales en la orquesta.

38. La suit: Orígenes y características formales.

39. La sonata: Formas y criterios generales.

40. La obertura. Origen y forma actual.

41. El concierto: Como paso de virtuosismo.

42. La fantasía: Forma y criterios generales.

43. El poema sinfónico, primeros síntomas en Beethoven.

44. La sinfonía y sus compositores más importantes.

45. Inicios y evolución de la dirección.

46. El director y su función en general.

47. La técnica y su importancia en la dirección actual.

48. La batuta, sus orígenes y conveniencias. Dirigir de memoria.

49. Gestos fundamentales y sus aplicaciones al compás.

50. La anacrusa, germen de iniciación al dirigir.

51. La subdivisión, su aplicación en los compases simples y compuestos.

52. Compases amalgámicos. Dispares. Criterio técnico.

53. El calderón y sus circunstancias. Gestos conclusivos, etc.

54. Las relaciones en el gesto, el pulso, el metro, importancia en el tiempo.

55. La mano izquierda, su independencia y aplicación.

56. El acompañamiento a solistas. Misión del Director.

57. Berlioz y su influencia en la dirección.

58. La voz humana. Clasificación. Extensión de las voces.

59. El sonido. Caracteres fundamentales.

60. El sonido en los instrumentos de cuerda.

61. Afinación y colocación en la orquesta moderna.

62. La banda. Su origen y evolución.

63. El sinfonismo en las bandas, aspectos positivos y

negativos.

64. Plantillas instrumentales en los diferentes grucos de viento.

65. Los instrumentos de viento. Características de los

mismos.

66. La flauta. Aspectos generales y técnicos del instrumento.

67. El oboe. Aspectos generales y técnicos del instrumento.

68. El fliscorno. Aspectos generales y técnicos del

instrumento.

69. Los clarinetes. Aspectos generales y técnicos del

instrumento.

70. Los saxofones. Aspectos generales y técnicos del

instrumento.

71. El fagot. Aspectos generales y técnicos del instrumento.

72. La trompa. Aspectos generales y técnicos del instrumento.

73. La trompeta. Aspectos generales y técnicos del instrumento.

74. El trombón. Aspectos generales y técnicos del instrumento.

75. El bombardino. Aspectos generales y técnicos del

instrumento.

76. La percursión. Su importancia sonora y rítmica.

77. El guión y la partitura. Estudio y conceptos más

importantes.

78. El Como Inglés: Aspectos generales y técnicos.

79. El metrónomo. Su uso y ayuda en la música.

80. La transcripción como medio de adaptación sonora

instrumental.

81. Instrumentos transpositores en la banda.

82. Afinación y colocación de la banda.

83. Aspectos y criterios en la programación de conciertos.

84. El ensayo, el concierto, fenómenos influyentes.

85. Albéniz y Falla. El sentido nacionalista y descriptivo.

86. Serrano, La Zarzuela y su importancia en la programación para las bandas.

87. Festivales y competiciones como origen de superación en las bandas.

88. Concursos de composición, incentivo a la creación

musical.

89. Criterio de la función técnica, artística y cultural de la banda municipal.

90. Autores vinculados con Jaén. Especial referencia a

Emilio Cebrián y José Sapena.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 13 de noviembre de 2000.-El Alcalde.