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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AGUAS DE BAENA, A.I.E. BAENA (CORDOBA)
Concepto Tarifas autorizadas IVA excluido
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
De 0 hasta 53 m3/trimestre 51,77 ptas./m3
Más de 53 m3/trimestre 284,62 ptas./m3
El resto de tarifas (Cuota fija o de servicio, Cuota variable o de Consumo Industrial y Centros Oficiales, Derechos de acometida y Fianzas) permanece vigente según lo establecido en la Orden de 16 de junio de 1998, BOJA núm. 73, de 2 de julio.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 7 de abril de 2000
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
en funciones
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