Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 16/5/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 31 de marzo de 2000, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se somete a información pública la solicitud de declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica línea aérea de media tensión DC nueva alimentación a Rociana del Condado en Huelva. (PP. 1051/2000).

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De acuerdo con lo establecido en el Decreto 2619/1966, de

20 de octubre, Reglamento sobre Expropiación Forzosa y Sanciones en materia de instalaciones eléctricas, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, se somete a Información Pública el expediente incoado en esta Delegación con objeto de:

Declarar de utilidad pública, en concreto la instalación eléctrica siguiente, que podrá comportar la expropiación forzosa por el procedimiento de urgente ocupación de los bienes y de la adquisición de los derechos afectados que se relacionan en el Anexo que forma parte del presente anuncio, en base a la documentación aportada por el titular de la instalación:

Peticionario: Compañía de Electricidad del Condado, S.A. Domicilio: Carretera del Rocío, 118, Almonte (Huelva). Lugar donde se va a establecer: Parajes «Monte Higo¯, «Fuente Verano¯ y «Alto Almonte¯.

Finalidad: Segunda alimentación a Rociana y Bonares. Presupuesto: 29.775.556.

Características principales:

Línea Eléctrica.

Origen: Subestación Blanca Paloma.

Final: Apoyo núm. 30.

Términos municipales afectados: Almonte y Rociana. Tipo: Aérea.

Longitud en Km: 5,3.

Tensión en servicio: 20.000 V.

Conductores: LA-110.

Apoyos: Metálicos.

Aisladores: Cadena.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria, sita en Avda. Manuel Siurot,

4, y formularse al mismo tiempo las reclamaciones por triplicado que se estimen oportunas en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Asimismo, los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los sólos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que consideren precisos para la identificación de sus bienes y derechos.

Huelva, 31 de marzo de 2000.- El Delegado, Manuel Alfonso Jiménez.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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