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Advertido error en el artículo 3.2.4 de la disposición citada, relativo al horario del personal adscrito a los Registros Generales de los Servicios Centrales de las Consejerías y Organismos Autónomos y de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía durante cuatro días al año en fiestas locales, la Semana Santa y los días 24 y 31 de diciembre, se procede a la corrección del mismo, quedando la redacción del mismo de la siguiente forma:
«3.2.4. Durante cuatro días al año en fiestas locales y durante la Semana Santa, el horario del indicado personal será el siguiente:
a) Turno de mañana: De 8,30 a 14,30 horas.
b) Turno de tarde: De 14 a 20 horas¯.
Sevilla, 16 de diciembre de 1999
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