Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 26/01/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE RUTE

Anuncio de bases.

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Bases para la provisión en propiedad por el procedimiento de promoción interna entre funcionarios de la propia Corporación de una plaza de Tesorero.

1. Objeto de la convocatoria.

Tiene por objeto la provisión en propiedad, mediante promoción interna entre funcionarios de la propia Corporación, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de tesorero, encuadrada en la escala de Administración Especial, grupo B, contemplada en la ampliación de la Oferta de Empleo Público de

2001 y vacante en la plantilla de personal.

2. Publicidad.

Esta convocatoria se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, y un extracto en el "Boletín Oficial del Estado" y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Los demás anuncios relativos a las listas provisionales y definitivas, así como la composición del tribunal y la fecha en que éste se reúna para la calificación, se publicará solamente en el Boletín Oficial de la Provincia.

3. Requisitos de los aspirantes.

Los candidatos para tomar parte en este proceso deberán reunir los requisitos que se señalan referidos a la fecha de presentación de instancias:

a) Ser funcionario del Ayuntamiento de Rute.

b) Contar con una antigüedad de más de dos años de servicio como funcionario del grupo C, o superior.

c) Poseer el título de Diplomado Universitario o equivalente en Económicas, Empresariales o Derecho.

d) No padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado del servicio de cualquier Administración pública, mediante expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

4. Solicitudes.

Los aspirantes que deseen tomar parte en el concurso deberán hacerlo constar en instancia dirigida al señor Alcalde, directamente o a través de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 50/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

Los aspirantes deberán aportar con su solicitud los siguientes documentos:

- Una relación de los méritos que aleguen, junto con los documentos que los justifiquen, con la presentación de los originales o fotocopias compulsadas, para su estimación en el concurso, no teniéndose en cuenta las que se presentasen fuera del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

- Copia compulsada del DNI.

5. Admisión de los aspirantes.

Finalizado el plazo de presentaciónm de instancias, el alcalde dicatará resolución en el plazo de un mes, aprobando la lista de admitidos y excluidos que se publicará en el BOP y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, concediendo un plazo de diez días a efectos de reclamación. Dichas reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas por resolución de Alcaldía en la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública en la misma forma indicada. En esta resolución se incluirá la composición del tribunal, lugar, fecha y hora en que éste se reunirá para la calificación de los méritos, así como para la realización de la fase de oposición.

6. Tribunal calificador.

El tribunal calificador constará de los siguientes miembros:

Presidente: El Alcalde o concejal en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación.

Vocales:

- Un representante de la Diputación Provincial de Córdoba.

- Un representante de la Comunidad Autónoma.

- Un representante de los trabajadores.

Los vocales deberán poseer titulación igual o

especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

La designación de los miembros del tribunal incluirá a los suplentes.

El tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, debiendo figurar necesariamente, entre éstos, el presidente o el secretario.

7. Fase de concurso: Valoración de méritos.

1. Experiencia profesional.

Por servicios prestados en la Administración Local en

funciones relacionadas con la tesorería y recaudación, por cada mes completo de servicios: 0,25 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

2. Por asistencia a cursos impartidos por administraciones públicas relacionados con las materias de contabilidad

presupuestaria y gestión presupuestaria y/o tributaria, con una puntuación máxima de 10 puntos.

- Por cada curso de 40 o más horas: 2 puntos.

- Por cada curso de 20 a 39 horas: 1 punto.

- Por cada curso de menos de 20 horas: 0,5 puntos.

8. Fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios sobre el temario contenido en el Anexo I de esta convocatoria.

El primer ejercicio consistirá en la contestación por escrito de cincuenta preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas con un valor de 0,2 puntos cada pregunta acertada. Se calificará de

0 a 10 puntos. Los aspirantes dispondrán de una hora y quince minutos para su realización, y para su superación deberán obtener un mínimo de 5 puntos.

El segundo ejercicio consistirá en un caso práctico sobre las materias relacionadas en el temario reflejado en el Anexo I de estas bases, relacionado con las funciones a desempeñar. Los aspirantes podrán auxiliarse de cuantas colecciones legislativas consideren para su realización siempre que las mismas no se encuentran anotadas o comentadas. Dispondrán de dos horas y media para su realización. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo la obtención de un mínimo de 5 puntos. La calificación de este ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del tribunal expresadas con dos decimales.

Ambos ejercicios son obligatorios.

La calificación final de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio.

9. Calificación final y Relación de calificación.

La calificación del proceso selectivo será el resultado de la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la de la oposición.

Finalizada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación de los mismos por orden de puntuación, elevando la propuesta al presidente de la Corporación para que formule el nombramiento del aspirante propuesto.

Si se produjera empate en la calificación final, se resolverá proponiendo al candidato que mayor puntuación hubiera obtenido en la fase de oposición, si persistiera el empate, al que mayor puntuación hubiera obtenido en el segundo ejercicio de la fase de oposición, y si aún así continuara, al que mayor puntuación hubiera obtenido en el primer ejercicio de la fase de oposición.

10. Nombramiento y toma de posesión.

El aspirante propuesto aportará a la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se le comunique la superación de las pruebas, los siguientes documentos:

1. Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el servicio de las funciones públicas.

2. Certificado médico acreditativo de no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible o impida el normal desempeño de las

correspondientes funciones.

El aspirante propuesto que presentase la documentación preceptiva será nombrado tesorero de la Corporación.

En el plazo de treinta días, contados a partir de la recepción de la notificación de la resolución del nombramiento, el aspirante deberá tomar posesión de su cargo. Quien, sin causa justificada, no tome posesión perderá todos los derechos derivados de la convocatoria y del referido nombramiento.

11. Impugnaciones.

La presente convocatoria y todos los actos administrativos que de ella se deriven podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en actual redacción conferida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Rute, 20 de diciembre de 2001.- El Alcalde.

ANEXO I

Tema 1. Las funciones de la tesorería: Control, regulación, financiación y garantía.

1.1. Las funciones de la tesorería.

1.2. La función de control de las existencias.

1.2.1. Las sucesivas fases de control. Actuaciones previas, posteriores y coetáneas.

1.3. Función de regulación. La tesorería "cero-solvente" y la coordinación de las existencias.

1.3.1. Las técnicas de regulación de caja.

1.4. Función de financiación.

1.4.1. Los anticipos de tesorería.

1.4.2. Determinantes decisionales de la financiación.

Análisis. Prohibición de financiación privilegiada.

1.5. Función de garantía.

1.6. Función de ordenación de pagos.

Tema 2. Estado y cuentas de Tesorería.

2.1. El estado de tesorería (Regla 423 de la IC).

2.2. Los anexos.

2.2.1. El estado de remanente de tesorería (Regla 430 IC).

2.2.2. El remanente de tesorería total.

2.2.3. El remanente de tesorería afectado.

2.2.4. Estado de evolución y situación de los recursos administrados por cuenta de otros entes públicos (Regla 431).

2.2.5. Estado de situación y movimientos de las

operaciones no presupuestarias de tesorería (Regla 432).

2.2.6. Estado de situación y movimientos de valores (Regla

433).

2.3. El acta de arqueo (Regla 415).

Tema 3. El subsistema de ingresos. El proceso de cobro.

3.1. Características del sistema actual de estructuración de los recursos locales.

3.2. La distribución temporal de los ingresos ordinarios.

3.2.1. La distribución típica.

3.2.2. El calendario fiscal.

3.3. El proceso de cobro.

3.4. Las formas de ingreso, los órganos de recaudación y las entidades colaboradoras.

3.4.1. Los ingresos centralizados y su cobro en caja.

3.4.2. Los ingresos centralizados y su cobro en caja a través de las entidades financieras que prestan el servicio de caja.

Tema 4. El subsistema de ingresos. Los medios de cobro.

4.1. Los medios de cobro.

4.1.1. El efectivo.

4.1.2. Efectos timbrados.

4.1.3. Transacción bancaria: Efecto/recibo no aceptado.

4.1.4. Transacción bancaria: La domiciliación. El Cuaderno

19 del Consejo Superior Bancario.

4.2. El cobro de tributos de vencimiento periódico y

notificación colectiva por medio de Entidades Financieras. El Cuaderno 60 del Consejo Superior Bancario.

4.2.1. Cobro por ventanilla de la Entidad de Crédito.

4.2.2. Cobro por domiciliación.

4.2.3. Entidades que intervienen.

Tema 5. El subsistema de pagos. Planificación del pago.

5.1. El nivel de cobertura de la tesorería.

5.2. El Plan diario.

5.3. El Plan de disposición de fondos.

5.3.1. Las disposiciones ordinarias.

5.3.2. Las disposiciones extraordinarias.

5.4. Ordenación del Pago.

5.4.1. Concepto y registro contable.

Tema 6. El subsistema de pagos. Condiciones y forma de pago.

6.1. La prioridad en el pago.

6.2. Las condiciones de pago. La negociación del

vencimiento. El descuento por pronto pago.

6.3. Las formas de pago.

6.3.1. Prohibición de pago aplazado.

6.3.2. Las formas normales de pago: En metálico, cheque y por transferencia.

6.3.2.1. El metálico.

6.3.2.2. El pago mediante cheque.

6.3.2.3. El pago mediante transferencia bancaria.

6.4. Formas excepcionales de pago: El recibo domiciliado y la tarjeta de crédito/débito.

6.4.1. El adeudo en cuenta.

6.4.2. La tarjeta de plástico: Crédito/débito/transacciones.

Tema 7. El subsistema de pagos. Financiación del pago.

7.1. Formas de financiación asociadas al pago.

7.1.1. El pago y la financiación a corto. Las letras de cambio y los pagarés.

7.1.2. El pago y la financiación a medio plazo: El leasing.

7.1.3. El pago y la financiación a largo plazo.

7.2. La cesión del crédito y el "factoring". Su repercusión en el pago.

Tema 8. Las decisiones de tesorería. La colocación de

excedentes.

8.1. El mercado monetario. Operaciones de pasivo: La

rentabilización de las puntas de tesorería.

8.2. Deuda pública del Estado. Letras y Pagarés del Tesoro.

8.3. Depósitos bancarios.

8.4. Pagarés.

8.4.1. Concepto e instrumentación.

8.4.2. Sistemas de emisión y negociación.

8.4.3. Rentabilidad, precio de la emisión y tipos de interés.

8.5. Los nuevos productos financieros derivados: Los

contratos de futuros; los swaps y las opciones.

8.5.1. Los futuros.

8.5.2. Las opciones.

8.5.3. Los swaps.

8.6. Colocación en proveedores.

Tema 9. Las decisiones de Tesorería II: La captación de recursos.

9.1. El mercado monetario. Operaciones de activo: La

captación de recursos y la financiación "a corto".

9.2. El crédito de tesorería.

9.3. Títulos-valores de tesorería.

9.4. Las líneas de descuento y descubierto.

9.5. La financiación por los deudores y/o acreedores

(proveedores).

Tema 10. La estructura de Tesorería I: La organización interna.

10.1. La organización interna.

10.1.1. Unificación y centralización de la operatoria de tesorería.

10.1.2. La Unidad Central de tesorería.

10.1.3. Servicios auxiliares de pago: Las cajas pagadoras, pagaduría y habilitaciones.

10.2. Los instrumentos de gestión descentralizada de los pagos: "Anticipos de caja fija" y los "pagos a justificar".

10.2.1. Anticipo de caja fija. Concepto y funcionamiento.

10.2.2. Ambito de aplicación, cuantía y límites.

10.2.3. Situación de los fondos.

10.2.4. Gestión y disposición de fondos. Cuentas.

Imputación del gasto al presupuesto.

10.2.5. Reposición de fondos.

10.2.6. Cancelación del Anticipo de Caja fija.

10.2.7. El esquema de funcionamiento.

10.3. Pagos a justificar. Concepto y contenido.

10.3.1. Diferencias entre el anticipo de caja fija y los pagos a justificar.

10.3.2. Situación de los fondos.

10.3.3. Gestión y disposición de fondos.

10.3.4. Justificación del libramiento de fondos.

Tema 11. La estructura de la Tesorería II: La organización externa.

11.1. La organización externa. Estructura bancaria: Las cuentas corrientes. Operaciones de pasivo y activo.

11.2. Condiciones de las cuentas corrientes de las

Corporaciones Locales.

11.2.1. Condiciones regladas: Criterios de valoración y liquidación.

11.2.2. Condiciones negociales: Tipo de interés,

comisiones, descuento, descubierto.

11.3. Los diferentes tipos de cuentas corrientes de las entidades locales: Cuentas operativas, restringidas pagos-ingresos, y de colocación de excedentes.

11.3.1. Cuentas operativas de ingresos y pagos.

11.3.2. Las cuentas restringidas.

11.3.2.1. Cuentas restringidas de recaudación.

11.3.2.2. Cuentas restringidas de pagos.

11.3.3. Cuentas de colocación de excedentes.

11.3.4. Cuentas de efectivo.

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