Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 10/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 10 de septiembre de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso de alzada interpuesto por don César Francisco Galindo Milla, en representación de don Luis Fernando Florián Carbajal, contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Almería recaída en el expte. PC-75/00.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Fernando Florián Carbajal, de la resolución adoptada por el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación al recurso administrativo interpuesto contra la dictada por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en Almería, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«Visto el recurso de alzada interpuesto por don César Francisco Galindo Milla, en nombre y representación de don Luis Fernando Florián Carbajal, contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, de fecha 29 de diciembre de 2000, recaída en el expediente núm. PC-75/00,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería dictó la Resolución de referencia, por la que se impone al interesado una sanción de cincuenta mil pesetas (50.000 ptas.) o trescientos euros con cincuenta céntimos (300,50 E), de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho contenidos en la misma, a la que nos remitimos íntegramente.

Segundo. Contra la anterior Resolución, el interesado interpone en tiempo y forma recurso de alzada, en el que, en síntesis, alegó lo que a su derecho convino.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 138/2000, de

16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por Decreto 373/2000, de

16 de mayo, y la Orden de 18 de junio de 2001, por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería.

Segundo. Notificada la Resolución recurrida al interesado el

10 de enero de 2001, interpone recurso de alzada el día 19 de febrero de 2001, según sello de entrada en el registro general de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, por tanto, fuera del plazo de un mes establecido para la interposición del recurso de alzada en el artículo 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en su redacción dada conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Teniendo en cuenta el carácter extemporáneo del recurso presentado, no se entra a conocer del fondo del asunto.

Tercero. Vistos la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; la Ley 5/1985, de 8 de julio, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía; el R.D.

1945/83, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria; la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes y de general aplicación, esta Secretaría General Técnica,

R E S U E L V E

No admitir a trámite, por extemporáneo, el recurso de alzada interpuesto don César Francisco Galindo Milla, en nombre y representación de don Luis Fernando Florián Carbajal contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, de fecha 29 de diciembre de 2000, recaída en el expediente núm. PC-75/00, instruido por infracción en materia de protección al consumidor, confirmando la resolución recurrida en sus propios términos.

Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa. Sevilla, 15 de julio de 2002. El Secretario General Técnico, P.D. (Orden 18.6.01). Fdo.: Sergio Moreno Monrové.¯

Sevilla, 10 de septiembre de 2002.- El Secretario General Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.

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