Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 09/04/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 13 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ejecutivo núm. 866/2000. (PD. 1183/2003).

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NIG: 4109100C20000035397.

Procedimiento: Ejecutivos 866/2000. Negociado: 2F. Sobre: Reclamación de Cantidad.

De: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid. Contra: Gran Departamento de Comunicación del Libro, S.L. y Ginés Gabriel Díaz Caballero.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Ejecutivos 866/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Trece de Sevilla a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid contra Gran Departamento de Comunicación del Libro, S.L. y Ginés Gabriel Díaz Caballero sobre Reclamación de Cantidad se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

El Ilmo. Sr. don Miguel Angel Fernández de los Ronderos Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo 866/2000, Neg. 2.º, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid representada por la Procuradora doña María Dolores Flores Crocci85 y bajo la dirección del/de la Letrado/a don/doña., y de otra como demandado Gran Departamento de Comunicación del Libro, S.L. y Ginés Gabriel Díaz Caballero, que figura declarado en rebeldía, en reclamación de cantidad.

FALLO

Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra Gran Departamento de Comunicación del Libro, S.L. y Ginés Gabriel Díaz Caballero, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro pago a Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid de la cantidad de

3.724.765 ptas., tres millones setecientas veinticuatro mil setecientas sesenta y cinco de principal y los intereses pactados y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dichos demandados.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días, en la forma establecida en el artículo 457 de la Ley

1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi Sentencia, que por la rebeldía del/de la demandado/a se le notificará en los Estrados del Juzgado, y en el Boletín Oficial de esta Provincia, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Gran Departamento de Comunicación del Libro, S.L. y Ginés Gabriel Díaz Caballero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintinueve de enero de dos mil tres.- La Secretaria Judicial.

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