Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 16/06/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 17 de mayo de 2004, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales (RAEL), de la bandera y escudos locales adoptados por el municipio de Cájar (Granada).

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El municipio de Cájar (Granada), a la vista del Informe de Legalidad, preceptivo en virtud del artículo 13 de la Ley

6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, y evacuado por esta Consejería en sentido favorable, aprobó en sesión ordinaria del Pleno de 29 de enero de 2004, por unanimidad, la adopción de la Bandera y Escudo locales con la siguiente descripción: Escudo: Escudo medio partido y cortado. 1.º De sinople granada de oro rajada de gules. 2.º De gules torre de oro mazonada de sable y aclarada de azur. 3.º De plata dos fajas ondadas de azur. Al timbre corona real cerrada.

Bandera: Bandera rectangular, de proporciones 2:3, formada por tres franjas horizontales iguales, azules las exteriores y blanca la central, y una franja vertical al asta con una granada verde rajada de rojo.

En virtud de la legislación invocada y a tenor de lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada Ley, esta Dirección General R E S U E L V E

Primero. Declarar la inscripción de la Bandera y el Escudo Locales del municipio de Cájar (Granada) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal y gráfica que acompaña a la solicitud del Registro.

Segundo. Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse el correspondiente recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 113 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la previsión contenida en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de mayo de 2004.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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