Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 18/06/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de la Delegación Provincial de Sevilla, Comisión Provincial de Medidas de Protección, de resolución de acogimiento familiar permanente, de fecha 23 de abril de 2004, recaída en los expedientes núms. 1997/41/0676 y 1997/41/0677.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Núms. Exptes.: 1997/41/0676 y 1997/41/0677.

Nombre y apellidos: Doña María Josefa Romero Alonso.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose doña María Josefa Romero Alonso en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados.Con fecha 23 de abril de 2004, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial de Sevilla, dictó resolución por la que se acuerda la constitución del acogimiento familiar permanente en los expedientes de protección de menores

1997/41/0676 y 1997/41/0677.

Para conocimiento del contenido íntegro de la resolución dictada, doña María Josefa Romero Alonso, en paradero desconocido, podrá comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm. 89, 1.ª planta.

Contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites establecidos en los artículos 779 siguientes de la LEC, sin que sea necesario formular reclamación previa

en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley Procesal.

Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuita por el Abogado y Procurador en el procedimiento judicial cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Sevilla, 28 de mayo de 2004.- El Presidente, Francisco Obregón Rojano.

Descargar PDF