Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 20/01/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº3 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 409/2002. (PD. 34/2004).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2905441C20023000401.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 409/2002. Negociado: IS. De: Promotora Ge-Tres, S.A.

Procuradora: Sra. Durán Freire, M.ª Eulalia.

Contra: Doña Eline Anette Beukema.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 409/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Fuengirola a instancia de Promotora Ge-Tres, S.A. contra Eline Anette Beukema, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

Juez que la dicta: Doña Rosa Fernández Labella. Lugar: Fuengirola.

Fecha: Veintiocho de marzo de dos mil tres. Parte demandante: Promotora Ge-Tres, S.A. Abogado: Juan García-Alarcón Altamirano.

Procuradora: Durán Freire, M.ª Eulalia.

Parte demandada: Eline Anette Beukema.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio:

FALLO

Que debo estimar y estimo la acción ejercitada por la entidad Promotora Ge-Tres, S.A. contra doña Eline Anette Beukema, declarando resuelto por falta de pago el contrato de arrendamiento que los vinculaba, condenando a la demandada a desalojar la finca dentro del plazo que marca la Ley, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciera, así como a pagar la cantidad de 8.167,58 euros más el importe de rentas y gastos de comunidad que se devenguen desde la interposición de la demanda hasta el desalojo del inmueble. Estas cantidades devengarán el interés legal desde la fecha de la sentencia o desde la fecha de sus respectivos vencimientos si fuesen posteriores a éste hasta su completo pago. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Eline Anette Beukema, extiendo y firmo la presente en Fuengirola a tres de octubre de dos mil tres.- El/La Secretario.

Descargar PDF