Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 16/07/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 10 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 741/2001. (PD. 2328/2004).

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NIG: 2906742C20010019550.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 741/2001. Negociado: JM.

Sobre: Reclamacion de cantidad.

De: Banco Santander Central Hispano, S.A.

Procurador: Sr. Baldomero del Moral Palma.

Letrado: Sr. Peralta de las Heras, Andrés Manuel.

Contra: Don Leopoldo Pareja Zambrana.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 741/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga a instancia de Banco Santander Central Hispano, S.A. contra don Leopoldo Pareja Zambrana, sobre reclamacion de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En nombre de S.M. el Rey.

En la ciudad de Málaga a diecisiete de diciembre de dos mil tres.

Vistos por mí, don Francisco García Valverde, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de los de esta capital, los presentes autos número 741/01 tramitado por el procedimiento del Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado a instancias del Banco Santander Central Hispano, S.A., quien compareció representado por el Procurador Sr. del Moral Palma, y asistido por el Letrado Sr. Peralta de las Heras; contra don Leopoldo Pareja Zambrana, que no compareció pese a estar citado en legal forma habiendo sido declarado en rebeldía, en reclamación de la cantidad de 820.251 pesetas (4.929,80 euros), intereses pactados y costas.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. del Moral Palma en nombre y representación del Banco Santander Central Hispano, S.A., contra don Leopoldo Pareja Zambrana, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de cuatro mil novecientos veintinueve euros con ochenta céntimos (4.929,80 euros/820.251 pesetas), más los intereses de demora pactados (21,50% anual) desde el día 1 de diciembre de 2001 hasta su pago o consignación. Todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Líbrese testimonio de esta sentencia para su unión a los autos de su razón e inclúyase la misma en el Libro de su clase.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Asi por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Leopoldo Pareja Zambrana, en situación procesal de rebeldía y en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Málaga a veintidós de junio de dos mil cuatro.- El/la Secretario.

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