Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 29/07/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 2 de julio de 2004, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza del Grupo III, categoría de Técnico Especialista de Deportes de esta Universidad.

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La provisión de puestos de trabajo del personal laboral fijo de la Universidad de Jaén, se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Título II Capítulo 3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Finalizados los procesos de traslado y promoción interna y acordadas las plazas vacantes que se pueden ofertar para su cobertura con personal de nuevo ingreso, se hace necesario por parte de este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por la que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 152, de 8 de agosto de

2003); y de conformidad con lo establecido en el art. 22 del antedicho Convenio Colectivo y en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, resuelve convocar oposición libre para cubrir mediante contrato en régimen laboral de duración indefinida, las plazas de personal laboral que se indican en la Norma 1.1 de esta convocatoria, vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal laboral de esta Universidad, con arreglo a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la categoría de Técnico Especialista de Deportes, Grupo III.1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el vigente Convenio Colectivo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 36, de 23 de febrero de

2004) y las bases de la convocatoria.

1.3. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II.

1.4. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el Anexo I.

1.5. Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.

La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.

1.6. Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas.

1.7. Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de los Organismos Públicos.

1.8. El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de

incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitido en las pruebas selectivas, los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los 18 años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación.

b) Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o titulación equivalente.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria.d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en esta

convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que será facilitado en el Negociado de Información de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública que se facilitan en las Subdelegaciones del Gobierno.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén en el plazo de

veinte días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3. La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de Jaén o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

c) Acreditación de la titulación académica o equivalente exigible.

3.4. Los derechos de examen de esta oposición serán de 19,00 euros, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, Oficina Universidad, número de cuenta 3067.0109.33.

1150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: oposición personal laboral; o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.

En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.

3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén, situado en el edificio B-1 del Campus de Las Lagunillas, en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos y

excluidos se recogerá el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de Documento Nacional de Identidad y motivo de la exclusión. Serán excluidos aquellos aspirantes que no aporten copia del Documento Nacional de Identidad, no abonen derechos de examen, no acrediten la formación académica exigida o presente solicitud fuera de plazo.

3.6. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la

publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.

3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a los

aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Tribunal Calificador.

4.1. Composición: El Tribunal Calificador de estas pruebas estará formado por el Rector de la Universidad de Jaén o persona en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo; dos miembros de la Administración Universitaria

nombrados por el Rector, dos miembros designados por el Comité de Empresa, actuando como Secretario un miembro del Personal de Administración y Servicios adscrito al Servicio de Personal y Organización Docente.

Debido a la urgente necesidad de la publicación de la

convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el

artículo del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 3.5.

4.2. El Tribunal podrá nombrar vocales asesores, que actuarán con voz pero sin voto.

4.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir y los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.4. Los Tribunales no podrán actuar sin la presencia de, al menos, tres de sus miembros con derecho a voto y, en todo caso, el Presidente y el Secretario (o sus suplentes).

4.5. Previa convocatoria del Presidente de cada Tribunal, éste celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal de

Administración y Servicios, edificio B-1 del Campus de Las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953 212 277.

4.7. Los aspirantes serán convocados en único llamamiento, debiendo ir provistos del Documento Nacional de Identidad o acreditación equivalente.

4.8. En cualquier momento del proceso selectivo, si el

Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.

4.9. El Presidente de cada Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5. Relación de aprobados. Presentación de documentos y

posterior firma del contrato.

5.1. El Tribunal hará pública la lista de aspirantes que hayan superado el ejercicio en el mismo lugar donde éste se realizó y en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén.

5.2. Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan obtenido plaza, por orden de puntuación total.

En el plazo de tres días desde que se haga pública dicha relación, el presidente del Tribunal correspondiente elevará propuesta de contratación al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén, sin que en ningún caso excedan las propuestas del número de plazas convocadas.

El Tribunal igualmente, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados, y en el caso de que alguno de los solicitantes propuestos no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.

5.3. Los aspirantes que superen las presentes pruebas

selectivas para su contratación como personal laboral fijo presentarán en el Servicio de Personal y Organización Docente de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales a aquel en que se hizo pública la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos

académicos.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado.

5.4. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

5.5. En el contrato que se suscriba se fijará el período de prueba que determina el Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

6. Norma final.

6.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en esta oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas

selectivas en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

6.2. La convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 2 de julio de 2004.- El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACION

Consistirá en la celebración de una prueba de aptitud

desglosada en dos ejercicios:

El primero, de carácter teórico, versará sobre el contenido íntegro de los bloques I y II del programa que figura en el Anexo II. Será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

Las contestaciones erróneas se penalizarán de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

N = Nota resultante.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

d = Número de opciones de para cada pregunta.

n = Número de preguntas.

El segundo, de carácter teórico-práctico, consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico del contenido del bloque II del programa que figura en el Anexo II, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlo.

El tiempo máximo para la realización de los dos ejercicios será determinado por el Tribunal.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá por la mayor

calificación obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II

PROGRAMA

BLOQUE I: PARTE GENERAL

Tema 1. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Tema 2. La Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Tema 3. Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén.

Tema 4. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

BLOQUE II: PARTE ESPECIFICA

Tema 1. Ley del Deporte Andaluza.

Tema 2. El deporte universitario en el ámbito estatal.

Tema 3. El deporte universitario en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 4. El deporte universitario en el Proyecto del Plan General del Deporte Universitario.

Tema 5. Normativa de uso de las instalaciones deportivas de la Universidad de Jaén.

Tema 6. Programa de actividades físicas y deportivas de la Universidad de Jaén 2003/04.

Tema 7. Reglamentos oficiales editados por las diferentes Federaciones Españolas de los deportes incluidos en el

programa deportivo de la Universidad de Jaén.

Tema 8. Sistemas de competición adaptados a las modalidades deportivas.

Tema 9. Elementos técnicos necesarios para el desarrollo de las competiciones deportivas y puesta en funcionamiento.

Tema 10. Control de contingencias en la organización de actividades e instalaciones deportivas.

Tema 11. Control y organización de actividades deportivas ajustadas a instalaciones deportivas.

Tema 12. Mantenimiento de instalaciones deportivas cubiertas.

Tema 13. Mantenimiento de instalaciones deportivas al aire libre.

Tema 14. Criterios de organización, clasificación,

mantenimiento y almacenamiento de material deportivo.

Tema 15. Organización y ejecución de cursos y actividades deportivas en el ámbito universitario.

Tema 16. Entrenamiento deportivo salud y entrenamiento

deportivo rendimiento.

Tema 17. Estructura y organización de una sesión práctica en actividades deportivas. Dinamización, animación y adecuación de la sesión a múltiples objetivos.

Tema 18. Sala de musculación: equipamiento, mantenimiento, posibilidades de uso e impartición de cursos de diferentes niveles y ámbitos.

Tema 19. Actividades físicas en la naturaleza: organización y ejecución.

Tema 20. Turismo activo en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 21. Evaluación de instalaciones, actividades deportivas y eventos organizados en el marco universitario.

Tema 22. Prevención y primeras actuaciones ante lesiones y accidentes deportivos.

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