Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 22/10/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 5 de octubre de 2004, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se convoca la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas deportivos que favorezcan la integración social de la población inmigrante para el ejercicio 2004.

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La Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 21 de mayo de 2002 (BOJA núm. 78, de 7.7.2002), establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, para la realización de programas deportivos que favorezcan la integración social de la población inmigrante, en el entendimiento de que la práctica deportiva constituye un instrumento para la adquisición de valores tales como la solidaridad, la colaboración, el diálogo, la tolerancia y la igualdad.

La Disposición Adicional Primera de la Orden delega en los Delegado Provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte la competencia para efectuar las convocatorias anuales de las subvenciones reguladoras de la misma.

Mediante la presente Resolución se procede a la convocatoria de las mencionadas ayudas para el ejercicio 2004, en el ámbito territorial de actuación de esta Delegación Provincial y de conformidad con las normas reguladoras de las mismas, contenidas en la antes citada Orden de 21 de mayo de 2002.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas en la Disposición Adicional Primera de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 21 de mayo de 2002,

R E S U E L V O

Primero. Se convoca la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro cuyos programas deportivos a realizar en el año 2004 favorezcan la integración social de la población inmigrante.

Segundo. Conforme a lo dispuesto en los arts. 2 y 6.2 de la Orden de 21 de mayo de 2003, podrán ser destinados de estas ayudas las Entidades Locales andaluzas, así como los clubes deportivos, organizaciones no gubernamentales y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, cuyo domicilio o en su caso lugar de celebración de la actividad deportiva radique en la provincia de Jaén.

Tercero. El plazo de presentación de solicitudes, según modelo que figura como Anexo a la presente Resolución será de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. En lo referente al procedimiento, documentación y criterios para la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden de 21 de mayo de 2002.

Quinto. Los solicitantes de las subvenciones deberán aportar declaración responsable de que sobre la entidad que representa no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro de subvenciones anteriormente concedidas, o en su caso, acreditar su ingreso.

Jaén, 5 de octubre de 2004.- La Delegada, Antonia Olivares Martínez.

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