Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 28/10/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 15 de octubre de 2004, de la Viceconsejería, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales de la Consejería.

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El artículo 81.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, establece que el órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida por un Presidente, los Vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario, designados por el órgano de contratación, el último entre funcionarios del propio órgano de contratación o, en su defecto, entre el personal a su servicio. Por su parte, el artículo 79 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, desarrolla la constitución de la Mesa, estableciendo que entre los vocales deberán figurar necesariamente un funcionario del órgano de contratación y un interventor. La designación de los miembros corresponde al órgano de contratación, exigiendo la publicación si el carácter de la Mesa es permanente. De conformidad con el artículo 39.7 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, los Consejeros son los titulares de las competencias en materia de contratación administrativa, estando delegada esta competencia en la Secretaría General Técnica por el artículo 4.3 de la Orden de 12 de diciembre de 2002. No obstante, el artículo 13 de la mencionada Orden permite la avocación de la competencia, por lo que se procede a la designación de la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales de la Consejería.

En su virtud,

D I S P O N G O

Artículo 1. Mesa de Contratación de los Servicios Centrales. La Mesa de Contratación de los Servicios de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa que asistirá con carácter permanente al órgano de contratación para la adjudicación de los contratos por procedimiento abierto o restringido y, en su caso en el procedimiento negociado, tendrá la siguiente composición:

Presidente: La Jefa del Servicio de Administración General y Contratación, que podrá ser suplida por el Jefe del Servicio de Legislación o por el funcionario que designe el titular de la Secretaría General Técnica.

Vocales: El Jefe del Servicio proponente del expediente de contratación, que podrá ser suplido por un funcionario del Centro Directivo correspondiente a propuesta del titular de éste.

El Letrado Jefe de la Asesoría Jurídica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa o funcionario que lo supla reglamentariamente.

El Interventor Delegado de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa o persona que le sustituya reglamentariamente.

Secretario: El Jefe de la Sección de Contración e Inversiones con voz y voto, que podrá ser sustituido por un funcionario que designe el titular de la Secretaría General Técnica.

Artículo 2. Asistencia de Asesores.

El Presidente podrá solicitar de la Secretaría General Técnica la designación, en función de la naturaleza del contrato, de los técnicos que estime procedentes, que participarán con voz pero sin voto.

Artículo 3. Constitución de la Mesa.

Para la válida constitución de la Mesa de Contratación, además de la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, se requerirá al menos la mitad de sus miembros.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la presente Resolución.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de octubre de 2004.- El Viceconsejero (Orden de

18.5.2004), Gonzalo Suárez Martín.

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