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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2566/98, interpuesto por comunidad de propietarios de la calle Camino Suárez, 2 de Málaga, contra la Resolución de 26 de marzo de
1998, de la Consejería de Trabajo e Industria, mediante la cual se impuso una sanción de quinientas mil pesetas (3.005,06 euros), se ha dictado sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, con fecha 27 de junio de 2003, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado Sr. Espejo Zurita, en representación de Comunidad de Propietarios de calle Camino Suárez, 2, contra Resolución del Consejero de Trabajo e Industria de 26 de marzo de 1998, debo declarar y declaro ser conforme a derecho la Resolución impugnada, sin expresa condena en costas a ninguna de las partes".
En virtud de lo establecido en el artículo 3.º.5 de la Orden de 18 de mayo de 2004, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1999, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 7 de octubre de 2004.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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