Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 28/10/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE VALENCINA DE LA CONCEPCION

ANUNCIO de bases.

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Don José Luis Tosca Esteban, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa,

HACE SABER

Que por Resolución de la Alcaldía dictada con fecha 13 de octubre actual, se aprobaron las Bases de la Convocatoria para cubrir, mediante el sistema de acceso por promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, de dos plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, cuyo texto es el siguiente:

1. Objeto de la Convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionarios de carrera, mediante el sistema de acceso por promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso- oposición, de dos plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa.

1.2. Las plazas citadas se encuadran el al grupo C del art. 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español, o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre.

b) Tener cumplidos 18 años y menos de diez años para alcanzar la edad de jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente (artículo 22, Ley

30/1984).

d) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en la Escala de Administración General, subescala Auxiliar (artículo 22, Ley

30/1984) en el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

3. Solicitudes.

3.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el art. 42.1 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre ya citada.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará Resolución declarado aprobada la lista de admitidos y excluidos y las causas de exclusión, que se encontrará expuesta el público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, señalado un plazo de diez días hábiles para su subsanación, en su caso.

4.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará Resolución declarando

aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los

ejercicios.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El titular de la Presidencia de la Corporación o Concejal de la misma en quien delegue.

Vocales:

1. Un representante de la Consejería de Gobernación.

2. El Delegado de Personal Funcionario del Ayuntamiento.

3. El Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.

4. Un funcionario con habilitación de carácter nacional, a designar por la Alcaldía.

5. Un funcionario de carrera del Ayuntamiento, de un grupo igual o superior al de las plazas que se convocan, a designar por la Alcaldía.

Secretario: El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

5.2. Los Vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

5.3. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

5.4. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

5.5. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.

5.6. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos del art. 28.2 de la Ley 30/92 ya mencionada.

5.7. A los efectos de lo establecido en el Real Decreto

462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría tercera.

6. Inicio de convocatoria y celebración de pruebas.

6.1. La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.3. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será

obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

6.5. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

7. Proceso selectivo.

El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:

7.1. Primera fase: Concurso.

Consistirá en la valoración de los méritos que se relacionan a continuación, será previa a la de oposición, pero no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar dicha fase.

7.1.1. Por la participación en Cursos y Seminarios, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos demás de 40 horas: 0,50 puntos.

7.1.2. La antigüedad se valorará hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:

Por cada trienio reconocido, por servicios prestados en administraciones públicas: 0,50 puntos.

7.1.3. Titulaciones académicas, sólo podrá aportar un Título, y se valorará por:

- Bachiller: 1 punto.

- Diplomado universitario: 1,50 puntos.

- Licenciado: 2 puntos.

- Doctor: 2,50 puntos.

7.1.4. Por grado personal consolidado se valorará hasta:

- Grados 9 a 11: 0,50 puntos.

- Grados 12 a 14: 1 punto.

- Grados mayor de 14: 1,50 puntos.

7.1.5. Experiencia profesional en áreas de actividad o

funciones correspondientes al puesto convocado, hasta un máximo de tres puntos, en:

- Entidades Locales de hasta 10.000 habitantes: Por año de actividad: 1 punto.

- Cualquier otra administración pública: Por año de actividad:

0,5 puntos.

7.2. Segunda Fase: Oposición.

Consistente en una prueba práctica que supondrá la

elaboración, en un período de tiempo máximo de dos hora, de un informe con Propuesta de Resolución sobre dos supuesto que planteará el Tribunal relativo a temas administrativos

incluidos en el temario. El aspirante podrá elegir uno de los dos supuestos. Con carácter obligatorio y eliminatorio. Durante el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales, que

facilitará el Tribunal y de los textos legales de los que acudan provistos.

Puntuación de este ejercicio: Diez puntos.

7.3. Calificación.

La calificación final de las pruebas selectivas, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, de persistir el mismo, por la mayor puntuación obtenida en los ejercicios por orden inverso al de su celebración y, en caso de persistir, atendiendo el orden alfabético determinado en el sorteo público que al efecto se realice.

8. Relación de aprobados.

Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas.

9. Presentación de documentos.

9.1. Los aspirantes propuestos, presentarán en el

Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días naturales, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las Bases de esta convocatoria.

Los aspirantes propuestos, al ser funcionarios de carrera de esta Ayuntamiento, estarán exentos de justificar las

condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

10. Nombramiento y toma de posesión.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la

Corporación resolverá el nombramiento a favor de aquéllos aspirantes que hubieren obtenido las plazas, quienes deberán tomar posesión de la misma en el plazo de treinta días

naturales, a contar del siguiente al que sea notificado. En el caso de que los aspirantes no tomaran posesión en el plazo indicado, o no reuniesen los requisitos exigidos para ocupar la plaza, perderán el derecho de la misma, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor de los

aspirantes que figuren en los puestos inmediatamente

inferiores en el orden de calificación.

11. Recursos.

Contra las presentes Bases podrá interponer recurso de

reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cual sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso

administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, todo ello de conformidad con los artículos 109.c)

116 y 117 de la Ley 30/1992, de de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar

cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO I

T E M A R I O

1. La Constitución Española de 1978: Significado, estructura y contenido. Principios generales.

2. Los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos.

3. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades autónomas y sus estatutos.

4. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Bandera y

organización territorial.

5. El Municipio. Organización municipal, competencias y funcionamiento.

6. Organización y funcionamiento del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.

7. La función pública local y su organización.

8. El Acto administrativo: Principios generales y fases del procedimiento administrativo general.

9. Las fuentes del derecho público. La Ley: clases. Otras fuentes del derecho administrativo. La sumisión de la

administración a la Ley y al Derecho.

10. Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: Concepto y elementos. La forma de los actos administrativos. Motivación, notificación y publicación. El silencio administrativo. Los actos tácitos.

11. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: días y horas hábiles, cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos. Referencia especial al ámbito local.

12. Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento administrativo: La prueba. Participación de los interesados. Terminación del procedimiento: La resolución. Terminación convencional. Otros tipos de terminación: desestimiento, renuncia y caducidad.

13. Los recursos administrativos: Concepto, clases y

principios generales de su regulación. Recurso ordinario. Recurso de revisión. Reclamación económico-administrativa. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

14. La invalidez de los actos administrativos: Actos nulos y actos anulables. Los actos administrativos irregulares. La convalidación, conservación y conversión de los actos

administrativos. La revisión de oficio de los actos

administrativos. La revocación.

15. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo. Las partes. Actos impugnables.

16. La responsablilidad de la Administración Pública.

17. La Función Pública Local. Plantillas. Registros

administrativos de personal. La oferta pública de ocupación.

18. El personal al servicio de las entidades locales: Clases de personal, grupo en que se integran, formas de selección.

19. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

20. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Supuestos y efectos de cada uno de ellas.

21. Derechos económicos de los funcionarios: Conceptos

retributivos. El derecho de sindicación de los funcionarios. Derechos pasivos. La Seguridad Social.

22. El presupuesto: Los principios presupuestarios. Doctrina clásica y concepciones modernas sobre el presupuesto. El ciclo presupuestario.

23. El gasto público. Clasificación. El control del gasto público. Contabilidad del presupuesto de gastos.

24. Los ingresos públicos.Clasificación.El impuesto. Las tasas fiscales.Contabilidad del presupuesto de ingresos.

25. La Ley General Tributaria. Principios inspiradores. La Ley General presupuestaria.

26. Los controles internos y externos de las cuentas.

27. El régimen local español en la Constitución y en las Leyes.

28. Estructuras supramunicipales. Las Diputaciones.

29. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

30. Organización municipal. Las competencias municipales y su ejercicio.

31. Concepto y clasificación de los bienes de las entidades locales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público. Los bienes patrimoniales de los entes locales.

32. El inventario y registro de bienes. La administración de bienes.

33. Servicios públicos locales: concepto y principios

generales. Formas de gestión de los servicios. Gestión

directa: concepto, modalidades y régimen.

34. Gestión indirecta de los servicios. La concesión. El arrendamiento del servicio y el concierto. La llamada

actividad industrial de la Administración.

35. Las actividades económicas de los entes locales. Los consorcios.

36. Competencias urbanísticas municipales. Instrumentos de planteamiento: Procedimiento de elaboración y aprobación. Sistemas de actuación urbanísticas. La clasificación del suelo.

37. El archivo y registro de documentos. Clasificación y ordenación de documentos.

38. Actividades de información al servicio del público. Técnicas de comunicación y de atención al público.

39. La Administración Local al servicio del ciudadano. El concepto de cliente: Tipología y situaciones.

40. Ofimática: Concepto y aplicaciones. Agenda electrónica. Hoja de cálculo. Gráficos. Sistemas de tratamiento de textos.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los oportunos efectos.

Valencina de la Concepción, 13 de octubre de 2004.- El

Alcalde, José Luis Tosca Esteban.

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