Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 04/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 5 de febrero de 2004, por la que se autorizan tarifas de taxis de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 512/2004).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y de 26 de noviembre de 1996,

DISPONGO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 0,96 euros

Kilómetro recorrido 0,66 euros

Hora de parada 14,42 euros

Carrera mínima 2,64 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera 1,19 euros

Kilómetro recorrido 0,80 euros

Hora de parada 18,04 euros

Carrera mínima 3,30 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios nocturnos realizados en días laborables de 22,00 a

6,00 horas.

b) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos de 0,00 a 24,00 horas.

c) Servicios realizados durante la Semana Santa desde las 22,00 horas del Martes Santo.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero.

e) Servicios realizados en días de Feria.

Suplementos: (No aplicables en servicios

interurbanos)

Por cada maleta o bulto superior a 60 cm 0,37 euros Suplementos especiales sobre lo marcado

en taxímetro

Polígonos Industriales en la margen derecha dirección Sevilla 0,97 euros

Centro Penitenciaria Alcalá1,17 euros

Visitas y trabajadores Ciudad de San Juan de Dios 1,17 euros

Residentes Ciudad San Juan de Dios0,61 euros Servicios realizados en días de Feria: Se aplicará la Tarifa 2 más el 25% de lo marcado sobre la misma, de 22,00 a 6,00 horas.

Esta Orden surtirá efecto el día 14 de febrero de 2004, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de febrero de 2004

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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