Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Por bajada de bandera 1,10 euros
Por cada kilómetro recorrido 0,55 euros Por cada hora de espera o parada 14,71 euros Carrera mínima 2,58 euros
Tarifa 2
Por bajada de bandera 1,28 euros
Por cada kilómetro recorrido 0,68 euros Por cada hora de espera o parada 17,66 euros Carrera mínima 3,13 euros
La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
- Servicios en días festivos desde las 00,00 horas hasta las
24,00 horas.
- Servicios nocturnos en días laborales desde las 22,00 horas hasta las 6,00 horas.
- Servicios en sábados desde las 14 horas.
- Servicios en fiestas Colombinas desde las 14,00 horas hasta las 22 horas.
- Desde las 22 horas hasta las 6 de la mañana del día siguiente se cobrará un 18% más sobre la tarifa 2.
- Los días 24 y 31 de diciembre desde las 22 horas hasta las
6,00 horas se cobrará un 18% más sobre la tarifa. Suplementos:
Por cada maleta o bulto que exceda
de 60 cm 0,35 euros
Retornos:
- Zonas de Sulfúrico, Fosfórico,
Rodia España, Río Tinto Minera,
Fertiberia, Térmica, Club Marítimo
y Punta del Sebo: 0,63 euros
- Zonas de Jesús Abandonado, Hospital
Infanta Elena, Firestone, Polígono
San Diego, Venta Alvarez y Nuevos
Hospitales: 0,63 euros
- Zonas de La Ribera y Polígono Fortiz: 1,44 euros Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 3 de febrero de 2004.- El Viceconsejero, José
Salgueiro Carmona.
Descargar PDF