Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 24/03/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 3 de marzo de 2004, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se convoca una beca para la formación de personal técnico de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales.

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En virtud de lo establecido en el Título VIII de la Ley/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, así como en la Disposición Adicional Primera de la Orden de 27 de agosto de

2003 de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se delega en los titulares de las Delegaciones Provinciales la competencia para convocar anualmente y resolver una beca para la formación de personal técnico en materia de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales, RESUELVO

Artículo 1. Convocatoria.Se convoca una beca para la formación de personal técnico en materia de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales para la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Jaén.

Artículo 2. Bases Reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras que figuran recogidas en el Anexo I de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 27 de agosto de 2003 (BOJA número 183, de 23 de septiembre).

Artículo 3. Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura en el Anexo II de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 27 de agosto de 2003, y se presentarán preferentemente en el Registro General de la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Jaén, sin perjuicio de su presentación en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A las solicitudes se adjuntará la documentación que se señala en la Base Quinta de las Reguladoras de esta convocatoria, recogidas en el Anexo I de la Orden precitada.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria.

Artículo 4. Lugar.

La beca se desarrollará en las dependencias de la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Jaén.

Artículo 5. Actividades.

Todas las actividades se ejecutarán de acuerdo con el programa elaborado para el becario por el titular de la Secretaría General de la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Jaén, y bajo su supervisión, reflejando en un informe final la valoración de los resultados alcanzados. La Directora de los trabajos será la Secretaria de la Comisión de Selección.

Artículo 6. Selección de candidatos.

La selección de candidatos se realizará por una Comisión compuesta por:

Presidenta: La Delegada Provincial de Turismo y Deporte de Jaén.

Vocales:

El Secretario General de la Delegación Provincial de Jaén.

La Jefa del Servicio de Información, Documentación, Estudios y Publicaciones de la Secretaría General Técnica.

El Jefe del Servicio de Turismo de la Delegación Provincial de Jaén.

Actuará como Secretaria, con voz pero sin voto, la Asesora Técnica de Legislación y Recursos de la Delegación Provincial de Jaén.

Jaén, 3 de marzo de 2004.- La Delegada, María del Rosario Morales de Coca.

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