Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 31/03/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 17 de marzo de 2004, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, por la que se anuncia convocatoria de sorteo para la adjudicación de permisos de caza de terrenos cinegéticos de titularidad pública para la temporada cinegética 2004-2005.

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Iniciado el expediente para la adjudicación de permisos de caza en terrenos cinegéticos de titularidad pública, y habiéndose acordado la realización de la misma por medio de sorteo, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Anunciar la convocatoria del sorteo de permisos de caza en terrenos cinegéticos de titularidad pública con las siguientes características:

1. Objeto. El objeto de la presente Resolución, es la oferta pública de caza en terrenos cinegéticos de titularidad pública; mediante el sorteo de recechos y aguardos para la temporada cinegética 2004-2005.

2. Solicitud de permisos.

2.1. Se admitirán sólo las solicitudes realizadas según el modelo oficial.

2.2. El modelo oficial de solicitud se encuentra a disposición de los interesados en los Servicios Centrales y las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente, y en su página web: www.juntadeandalucia.es/medioambiente.

2.3. El solicitante, siempre que acredite en su momento la residencia exigible, podrá optar sólo a un cupo (local, regional o nacional) y se admitirá una única solicitud por persona.

2.4. El número de permisos de caza ofertados según modalidades y provincias, estará a disposición de los interesados en los Servicios Centrales y las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente, y en su página web: www.juntadeandalucia.es/medioambiente.

2.5. Las solicitudes se presentarán entre el 1 de abril y el día 26 de abril de 2004, en los registros generales de los Servicios Centrales y las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente, sin perjuicio de lo establecido en el art..4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes recibidas fuera de plazo y que se hayan presentado a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos, antes de ser certificadas para que quede constancia de su remisión en el plazo de solicitud.

3. Criterios de adjudicación de permisos.

3.1. Cualquier solicitante sólo podrá ser adjudicatario de un permiso de caza, y cuando lo obtenga, será automáticamente excluido de los restantes sorteos a realizar.

3.2. El sorteo se realizará en orden descendente de las provincias, según el alfabeto, y en cuanto a modalidades, de izquierda a derecha, tal como figura en el modelo de solicitud.

3.3. El cazador agraciado con el permiso de caza, deberá acreditar, previo a la cacería, mediante el Documento Nacional de Identidad su condición de Nacional o Regional, y además a través del Certificado de Empadronamiento, su condición de Local así como la documentación administrativa que le habilita y autoriza para el ejercicio de la caza en la Comunidad Autónoma Andaluza y, si procede, la personalidad del acompañante.

3.4. La ausencia de la documentación acreditativa, descrita en el apartado.3, supondrá la anulación del permiso o puesto correspondiente, sin derecho al cazador agraciado a

indemnización alguna por parte de la Consejería de Medio Ambiente.

3.5. Si después de la realización del sorteo, hubiera un incremento en la oferta pública de permisos de caza, estos se adjudicarán a los reservas.

4. Lugar, fecha y hora de celebración del sorteo.

4.1. El sorteo se celebrará el día 4 de junio de 2004 a las 11 horas, en el Salón de Actos de la Consejería de Medio Ambiente sita en la Avda. Manuel Siurot, 50 de Sevilla.

4.2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Director de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as, así como las causas de exclusión.

4.3. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, los/las aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación anteriormente aludida.

Los/as aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de la exclusión o aleguen la omisión, serán

definitivamente excluidos de la participación en el sorteo.

4.4. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, el Ilmo. Sr. Director de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente dictará resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobada la lista definitiva de participantes en el sorteo.

4.5. Tras la celebración del sorteo, el Ilmo Sr. Director General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente dictará Resolución aprobando el listado definitivo de agraciados/as y reservas.

4.6. El listado de agraciados/as y de reservas en el sorteo se publicará en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales y las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente, y en la página web:

www.juntadeandalucia.es/medioambiente.

Sevilla, 17 de marzo de 2004.- El Director General, José Guirado Romero.

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