Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 18/05/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 22 de abril de 2004, de la Dirección General de Economía Social, por la que se ordena la publicidad del depósito de la escritura pública de reactivación de la entidad Asociación Provincial de Cooperativas Agrarias de Sevilla, y su inscripción en el Libro de Federaciones y Asociaciones de Cooperativas.

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Visto el expediente de Inscripción de reactivación de la entidad "Asociación Provincial de Cooperativas Agrarias de Sevilla".

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Que en escrito de fecha 8 de diciembre de 2003, registrado de entrada en este Centro Directivo el día 15 de diciembre de

2003, don Sebastián Callejón Cabrera, en calidad de Presidente de la expresada entidad, solicitó la inscripción de reactivación.

2.º Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se comunicó al interesado la iniciación del procedimiento, con indicación de los plazos del mismo, así como de los efectos del silencio.

3.º Con fecha 12 de febrero de 2004, esta Dirección General dictó resolución desfavorable por defectos subsanables, que supuso la suspensión de la inscripción solicitada.

4.º Que en escrito de fecha 13 de abril de 2004, registrado de entrada el día 13 de abril de 2004, don Sebastián Callejón Cabrera, en calidad de Presidente de la expresada entidad, aportó documentación para subsanar los defectos pendientes.

5.º Que con la/s expresada/s solicitud/es se acompañaba la siguiente documentación:

- Certificación del correspondiente acuerdo social (2 Copias).

- Copia autorizada de la escritura pública.

- Copia simple de la escritura pública.

- Documento justificativo exención o no sujeción al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

- Certificación de sociedades cooperativas andaluzas agrarias asociadas.

6.º La escritura mencionada en el punto anterior fue autorizada por:

- El notario de Sevilla, don Manuel García del Olmo y Santos, el día 2 de abril de 2004 con el núm. de protocolo 1178.

7.º Que la mencionada documentación ha sido examinada en el Servicio de Régimen Jurídico de Cooperativas y Sociedades Laborales de esta Dirección General, habiéndose formulado la correspondiente propuesta de Resolución que figura en el expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde a esta Dirección General de Economía Social, en virtud de lo dispuesto en los artículos 1 y 6 del Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, por el que se crea la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, y se le atribuyen las competencias de la extinta Consejería de Trabajo e Industria, así como por lo dispuesto en los artículos 2 y 11 del Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y se atribuyen las competencias relativas al orden cooperativo y otras empresas de economía social.

Segundo. Que examinado el contenido de dicho expediente éste contiene todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, y por la Ley 3/2002, de 16 de diciembre, que vino a modificar la norma anterior, estando el mismo conforme a las expresadas Leyes, y al Decreto 267/2001, de 11 de diciembre, modificado por el Decreto 318/2003, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas en materia registral y autorizaciones administrativas.

Tercero. Que en la tramitación del presente expediente de reactivación se han observado todos los preceptos de obligado cumplimiento.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Economía Social

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la publicidad del depósito de la escritura pública de reactivación de los Estatutos de la entidad

Asociación Provincial de Cooperativas Agrarias de Sevilla, y su inscripción en el Libro de Federaciones y Asociaciones Cooperativas, de esta Unidad Central del Registro de

Cooperativas Andaluzas.

Segundo. Practicar la correspondiente anotación registral y devolver a la entidad un ejemplar de la documentación,

diligenciada con la nota de la mencionada inscripción

registral.

Tercero. Notificar la presente Resolución a los interesados en la forma y plazos previstos en los artículos 58 y 59 de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con advertencia expresa de que contra la Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes de la misma Ley.

Sevilla, 22 de abril de 2004.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.

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