Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 13/06/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº4 DE MARBELLA (ANTIGUO M. Nº4)

EDICTO dimanante del procedimiento de separación núm. 973/2003. (PD. 2066/2005).

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Procedimiento: Separación mutuo acuerdo 973/2003. Negociado: GS.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Separación mutuo acuerdo 973/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella (Antiguo Mixto núm. Cuatro) a instancia de Rafael David Martín Jiménez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia. En Marbella, a veinticinco de marzo de dos mil cuatro.

Vistos y examinados por mí, doña Fuensanta López Avalos, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, los presentes autos núm. 973/2003 sobre Separación matrimonial de mutuo acuerdo, que se siguen en este Juzgado a instancia de don Rafael David Martín Jiménez, quien está representado por la Procuradora Sra. Soria López y asistido de la Letrada Sra. Moreno Martínez, con el consentimiento de doña Laurinda Lucrecia Brito Rocha.

En este procedimiento ha intervenido el Ministerio Fiscal.

Fallo. Que estimando la demanda de separación de mutuo acuerdo debo acordar y acuerdo la separación matrimonial de don Rafael David Martín Jiménez y doña Laurinda Lucrecia Brito Rocha, aprobando la propuesta de convenio regulador otorgada en Marbella el día 12 de enero de 2004.

No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas de este procedimiento.

Comuníquese esta Sentencia, una vez que sea firme, al Registro Civil donde aparece inscrito el matrimonio para su inscripción marginal.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación ante este Juzgado que habrá de prepararse en el plazo de cinco días a contar desde tal notificación, para su posterior resolución por la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a Laurinda Lucrecia Brito Rocha, extiendo y firmo la presente en Marbella a veinticuatro de mayo de dos mil cinco.- La Secretario Judicial.

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