Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 13/06/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº 18 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 1393/2004. (PD. 2097/2005).

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NIG: 4109100C20040034223.

Procedimiento: J. Verbal (N) 1393/2004. Negociado: 2.

De: Don Eduardo Martínez Lora.

Procuradora: Sra. María del Carmen Díaz Navarro.

Letrada: Sra. Barrial Chamizo, Julia.

Contra: Don Manuel Rojas González.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal número 1393/2004-2 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla a instancia de don Eduardo Martínez Lora contra don Manuel Rojas González sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En la ciudad de Sevilla, veintisiete de enero de dos mil cinco.

El Ilmo. Sr. don Fernando García Campuzano, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal núm.

1393/04, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Eduardo Martínez Lora, representado por doña Carmen Díaz Navarro y bajo la dirección de Letrada doña Julia Barrial Chamizo, y de otra como demandado don Manuel Rojas González.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Carmen Díaz Navarro, en nombre y representación de don Eduardo Martínez Lora, contra don Manuel Rojas González, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vinculaba a las partes sobre el local sito en Sevilla, calle Becas, doce, bajo, con apercibimiento de lanzamiento si no es desalojado en el plazo legal, y debo condenar y condeno al demandado a pagar al actor la cantidad de dos mil novecientos veintidós con noventa y un (2.922,91) euros, más intereses legales desde la fecha en que debió pagarse cada mensualidad, con imposición a la parte demandada de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, el cual deberá ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación.

Unase la presente al Libro de Sentencias, quedando testimonio en los autos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Manuel Rojas González, extiendo y firmo la presente en Sevilla a dieciocho de mayo de dos mil cinco.La Secretario.

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