Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 24/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 7 de noviembre de 2005, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se hace público acuerdo de distribución de transferencias a los Ayuntamientos, al amparo de la Orden que se cita.

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La Orden de 30 de septiembre de 2005 por la que se regula la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en BOJA núm. 200, de 13 de octubre, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad, por lo que esta Delegación del Gobierno

R E S U E L V E

Primero. Hacer público, a efectos de notificación conforme al art. 9.2.d) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, la Resolución de fecha 7 de noviembre de 2005 por la que se acuerda la distribución de transferencias a los Ayuntamien

tos, al amparo de la Orden citada y que se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. La resolución se encuentra asimismo expuesta en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las entidades solicitantes.

Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Almería, 7 de noviembre de 2005.- El Delegado del Gobierno, Juan Callejón Baena.

RESOLUCION DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2005, DE LA DELEGACION DEL GOBIERNO DE ALMERIA, POR LA QUE SE ACUERDA LA DISTRIBUCION DE TRANSFERENCIAS A LOS AYUNTAMIENTOS CON MAYOR PRESION MIGRATORIA PARA LA NIVELACION DE SERVICIOS MUNICIPALES VINCULADOS A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACION DE INMIGRANTES

La Orden de 30 de septiembre de 2005 por la que se regula la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en BOJA núm. 200, de 13 de octubre, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo

5, la citada Orden distribuye los créditos entre los municipios andaluces con mayor presión migratoria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación del Gobierno en cada provincia realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede,

R E S U E L V O

Primero. Distribuir la cantidad de 743.553,38 euros, correspondientes a la Nivelación de servicios municipales

vinculados a la acogida e integración de inmigrantes en los municipios de la provincia de Almería, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 30 de septiembre de 2005, las cantidades que se indican en el Anexo.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.09.00.18.04.463.00.31J, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter "en firme". En el plazo de tres meses a partir de la materialización del pago, los municipios receptores remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. La nivelación, de los servicios municipales

vinculados a la acogida e inserción de inmigrantes se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente

determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de los ejes, principios rectores y líneas de actuación prioritaria definidos en el Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes, el Convenio suscrito al efecto entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Junta de Andalucía y el Acuerdo suscrito entre la Consejería de Gobernación y la FAMP. Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al

respecto.

Quinto. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sexto. Dado en Almería, a 7 de noviembre de 2005. El Delegado del Gobierno. Firmado: Juan Callejón Baena.

A N E X O

TRANSFERENCIAS PARA LA NIVELACION DE SERVICIOS MUNICIPALES VINCULADOS A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACION DE INMIGRANTES

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