Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 23/02/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 1 DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 252/01. (PD. 584/2005).

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Don José Manuel García Sánchez, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Granada, hago saber:

Que en este Juzgado del cual soy Magistrado-Juez titular se siguen autos de juicio ordinario a los que les ha correspondido el número 252/01 seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios Edf. Cuarta Fase de Terrazas del Mediterráneo representada por el Procurador don Juan Antonio Montenegro Rubio contra Cuarta Fase de Terrazas del Mediterráneo S.A., don Juan Carlos Ruiz González, don Juan Carlos Hernández del Pozo, Geotécnica del Sur S.A., don Ricardo Joya Ibáñez, Cooperativa de Viviendas Generalife S.A., Construcciones Caballero y Ariza S.A. y don Manuel Caballero Leyva "R.L. Construcciones Caballero y Ariza S.A." encontrándose en situación procesal de rebeldía los codemandados Cooperativa de Viviendas Generalife S.A., Construcciones Caballero y Ariza, don Manuel Caballero Leyva en su condición de representante legal de Construcciones Caballero y Ariza S.A. se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

SENTENCIA. Juez que la dicta: Don José Manuel García Sánchez. Lugar: Granada. Fecha: Veinticuatro de mayo de dos mil cuatro. Parte demandante: Cdad. Prop. Edif. Cuarta Fase Terrazas del Mediterráneo. Abogado: Francisco Fernández Santisteban. Procurador: Juan Antonio Montenegro Rubio. Parte demandada: Cuarta Fase de Terrazas del Mediterráneo, S.A., Juan Carlos Ruiz González, Juan Carlos Hernández del Pozo, Geotécnica del Sur, S.A., Ricardo Joya Ibáñez, Cooperativa de Viviendas Generalife, S.A., Construcciones Caballero y Ariza, S.A. y Manuel Caballero Leyva "R.L. Constr. Caballero y Ariza, S.A.". Procuradora: María Iglesias Fernández, María Cristina Barcelona Sánchez, Mariano Calleja Sánchez, Pedro Iglesias Salazar, Encarnación Ceres Hidalgo.

FALLO: Que, estimando la demanda presentada por don Juan Antonio Montenegro Rubio, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Cuarta Fase Terrazas del Mediterráneo, sólo en cuanto a los demandados don Juan Carlos Ruiz González, don Juan Carlos Hernández del Pozo y Cuarta Fase Terrazas del Mediterráneo S.A., debo declarar y declaro que tales demandados, en las respectivas calidades en las que se les demanda, son responsables de los vicios, defectos constructivos, deficiencias y carencias descritos en el hecho quinto de la demanda. Y, en consecuencia, debo condenar y condeno a éstos, de forma solidaria, a que, a sus expensas y con las debidas garantías y condiciones técnicas, procedan a la realización de las obras necesarias para la reparación íntegra de tales desperfectos, en la forma especificada por el informe técnico emitido por el perito judicialmente designado, don Justo Garmendia García, obrante en autos. Asimismo, desestimando igual demanda, por lo que respecta a los también demandados, Geotécnica del Sur S.A., don Ricardo Joya Ibáñez, Cooperativa de Viviendas Generalife S.A., Construcciones Caballero y Ariza S.A. y don Manuel Caballero Leyva, debo absolver y absuelvo a éstos de las pretensiones deducidas en ella. Todo ello, con imposición de costas a don Juan Carlos Ruiz González, don Juan Carlos Hernández del Pozo y Cuarta Fase Terrazas del Mediterráneo S.A., a excepción de las causadas a instancia del resto de los demandados, respecto de las que no se hace declaración expresa.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación. Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo (firmado, rubricado, ilegible). Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al cual me remito y para que sirva de Cédula de Notificación en legal forma a los demandados rebeldes Cooperativa de Viviendas Generalife S.A., Construcciones Caballero y Ariza S.A. y don Manuel Caballero Leyva como Legal Representante de

Construcciones Caballero y Ariza S.A. en ignorado paradero expido la presente en Granada a 13 de enero de dos mil cinco.- El Magistrado-Juez, La Secretaria

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