Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 18/04/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº11 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 423/2004. (PD. 1183/2005).

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NIG: 4109100C20040010585.

Procedimiento: J. Verbal (N) 423/2004. Negociado: 34.

Sobre: Falta de pago y reclamación de cantidad.

De: Don Manuel Villau Anaya.

Procurador: Sr. Ignacio José Pérez de los Santos.

Contra: Hacienda Los Rosales, S.L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 423/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Sevilla a instancia de Manuel Villau Anaya contra Hacienda Los Rosales, S.L. sobre falta de pago y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En la ciudad de Sevilla, a 29 de marzo de 2005.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Francisco Berjano Arenado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de esta Ciudad los presentes autos núm. 423/04 de Juicio Verbal sobre resolución de contrato de arrendamiento urbano por falta de pago de las rentas y reclamación de cantidad seguidos entre partes, de la una como demandante don Manuel Villau Anaya, representado por el Procurador de los Tribunales don Ignacio Pérez de los Santos y defendido por el Letrado don contra la Entidad Hacienda Los Rosales, S.L., en situación procesal de rebeldía.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda formulada por don Manuel Villau Anaya, contra la Entidad Hacienda Los Rosales, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento urbano que liga a las partes respecto de la finca descrita en el Antecedente de Hecho Primero de esta resolución, debiendo condenar y

condenando a dicha demandada a estar y pasar por tal declaración y en consecuencia al desahucio de la referida finca y a la entrega de ésta al actor en plazo de Ley, con apercibimiento de lanzamiento, así como a que abone al demandante la cantidad de ochenta mil ochocientos cuatro euros con catorce céntimos (80.804,14 euros), así como aquélla a que asciendan las rentas que fueran venciendo desde el mes de marzo (exclusive) hasta el desalojo de la casa, a razón de

3.906,58 euros al mes, más IVA, con más los intereses legales devengados por dicha suma en la forma que se indica en el Fundamento Jurídico Cuarto de esta resolución, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial y que deberá ser preparado y, en su caso, interpuesto ante este Juzgado.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado Hacienda Los Rosales, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla a veintinueve de marzo de dos mil cinco.- La Secretario.

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