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1.Normas generales.
1.1. Por Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de noviembre de 2005, se convocan pruebas
selectivas para cubrir una plaza del Grupo A, Técnico de Administración General,
correspondiente a la Oferta de Empleo Público año 2005.
1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley 11/99, de 21 de abril; RDL 781/86, de 18 de abril; RD 896/91, de
7 de junio; RD 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria.
1.3. Requisitos:
A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos de acuerdo con el art. 135 RDLG 781/86, 8 abril.
a) Ser español o nacional de uno de los
restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad.
c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario, según el art. 25 de la Ley 30/84.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.
e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
B) Todos los requisitos a que se refiere la base
1.3 apartado A), deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. Y constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:
Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en
contestar por escrito, un cuestionario de 150 preguntas tipo test, con tres respuestas
alternativas, en un tiempo de 150 minutos elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse al menos una pregunta por cada uno de los temas. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta.
Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional
entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.
Segundo ejercicio: De carácter obligatorio,
consistirá en desarrollar por escrito, durante
un período máximo de una hora, un tema extraído
al azar, igual para todos los aspirantes,
mediante la selección de dos temas extraídos al
azar de cada uno de los epígrafes contenidos en
el anexo de la convocatoria. Deberá ser leido
por el aspirante ante el Tribunal de Selección.
Tercer ejercicio: De carácter obligatorio, igual
para todos los aspirantes, consistirá en la
redacción de informe con propuesta de
resolución, sobre dos supuestos prácticos
iguales para todos los aspirantes, relativos a
las tareas propias de las funciones asignadas a
la plaza objeto de la convocatoria, en tiempo
máximo de cuatro horas.
Durante el desarrollo de esta prueba los
aspirantes podrán hacer uso de los textos
legales de los que acudan provistos.En este
ejercicio se valorará la capacidad de
raciocinio, la sistemática en el planeamiento y
formulación de conclusiones y el conocimiento y
adecuada interpretación de la normativa
aplicable. Deberá ser leido por el aspirante
ante el Tribunal de Selección.
2. Desarrollo de los ejercicios
2.1. La actuación de los opositores se iniciará
por orden alfabético a partir del primero de la
letra F, de conformidad con resolución de 10 de
enero de 2005, de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, BOE de 17 de enero de
2005.
Concurso: Obligatorio y no eliminatorio. De
conformidad con el art. 91.2 LRBRL y art. 133 y
siguientes. RDL 781/86, 8 de abril, art. 19 Ley
30/84 2 de agosto, RD 896/91 7 junio, art. 4 RD
364/95 de 10 de marzo. Valoración conforme al
anexo a esta convocatoria.
2.2. En el Decreto por el que se aprueba la
lista de admitidos se determinará la fecha y
lugar de celebración del primer ejercicio, así
como la designación de los miembros del
Tribunal.
Desde la terminación de una prueba y el comienzo
de la siguiente, deberá transcurrir un plazo
mínimo de 72 horas y máximo de 45 días. Una vez
comenzadas las pruebas no será obligatoria la
publicación de los sucesivos anuncios de la
celebración de las restantes en el Boletín
Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán
públicos en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores, con 12 horas de
antelación al menos al comienzo de las mismas,
si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas,
si se trata de uno nuevo.
2.3. Los Tribunales adoptarán, siempre que sea
posible, las medidas oportunas para garantizar
que los ejercicios escritos sean corregidos y
valorados sin que se conozca la identidad de los
aspirantes.
2.4. En cualquier momento los Tribunales podrán
requerir a los aspirantes para que acrediten su
personalidad.
2.5. Los aspirantes serán convocados para cada
ejercicio en llamamiento único siendo excluidos
del proceso selectivo quienes no comparezcan.
2.6. El programa que ha de regir estas pruebas
selectivas es el que figura publicado como
Anexo.
2.7. Si durante el transcurso del procedimiento
llegara a conocimiento del Tribunal que alguno
de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes
o falsedades deberá dar cuenta a los órganos
municipales competentes, a los efectos que
procedan.
3. Calificación de los ejercicios.
3.1. Los ejercicios de la oposición se
calificarán de la forma siguiente:
a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10
puntos, siendo necesario para aprobar obtener un
mínimo de 5 puntos.
b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10
puntos, siendo necesario para aprobar obtener un
mínimo de 5 puntos.
c) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10
puntos, siendo necesario para aprobar obtener un
mínimo de 5 puntos.
3.2. La puntuación total de las pruebas vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada ejercicio.
3.3. En caso de empate el orden se establecerá
atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas
en el tercer ejercicio de la oposición.
4. Solicitudes.
4.1. Las solicitudes serán facilitadas en el
Registro General de este Ayuntamiento. A la
solicitud se acompañará el resguardo de haber
ingresado los derechos de examen.
Los nacionales de los demás estados miembros de
la Unión Europea deberán acompañar igualmente a
la solicitud la acreditación de la nacionalidad
y, en su caso, el vínculo de parentesco, el
hecho de vivir a expensas o estar a cargo del
nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea con el que tenga dicho vínculo.
4.2. Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr.
Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte
días naturales contados a partir del siguiente a
la publicación del extracto de esta convocatoria
en el Boletín Oficial del Estado, después de la
publicación íntegra en el Boletín Oficial de la
Provincia y en el de la Junta de Andalucía.
Podrán presentarse:
- En el Registro General de este Ayuntamiento.
- A través de las Oficinas de Correos,
debidamente certificadas.
- Y, asimismo en la forma establecida en el art.
38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común.
4.3. Los derechos de examen serán de 60,00
euros.
4.4. Los errores de hecho que pudieran
advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
5. Admisión de los aspirantes.
5.1. Terminado el plazo de presentación de
instancias el Excmo. Sr. Alcalde dictará
resolución declarando aprobada la lista de
admitidos así como la de excluidos, con
indicación de las causas y el plazo de
subsanación de defectos. En dicha resolución,
que deberá publicarse en el BOP, se indicarán
los lugares en que se encuentran expuestas las
listas certificadas completas de aspirantes
admitidos y excluidos y el lugar y fecha del
comienzo del primer ejercicio.
5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un
plazo de diez dias contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución,
para subsanar los defectos que hayan motivado su
exclusión.
6. Tribunales.
6.1. El Tribunal Calificador que tendrá la
categoría 2.ª de las recogidas en el Anexo IV
del RD 462/2002, de 24 de mayo, estará integrado
de la siguiente forma: Presidente, el de la
Corporación y suplente. Vocales, que deberán
poseer titulación o especialización iguales o
superiores a las exigidas para las plazas
convocadas: por la Junta de Andalucía, titular y
suplente; por la Jefatura del Servicio, titular
y suplente; funcionario designado por la
Corporación, titular y suplente; en
representación sindical, titular y suplente.
Secretario, titular y suplente.
6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar
sin la asistencia, al menos, de cinco de sus
componentes.
6.3. Los miembros del Tribunal deberán
abstenerse de intervenir, notificándolo al
Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos
alguna de las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si hubieran realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas
de acceso en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria, de conformidad
con el art. 13.2 del RD 364/1995, de 10 de
marzo.
6.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a
los miembros del mismo, declaración expresa de
no hallarse incursos en causa de abstención en
las circunstancias previstas en el art. 28 de la
ley 30/92.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los
miembros del Tribunal cuando concurran las
circunstancias previstas en el párrafo anterior.
6.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un
número superior al de vacantes convocadas. Las
propuestas de aprobados que contravengan este
límite serán nulas de pleno derecho.
6.6. Los miembros del Tribunal son personalmente
responsables del estricto cumplimiento de las
bases de la convocatoria y de la sujeción a los
plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación
de sus resultados.
6.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas,
quienes se limitarán al ejercicio de sus
especialidades técnicas, que serán la única base
de su colaboración con el órgano de decisión.
6.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá
al nombramiento de los empleados públicos que
deban colaborar temporalmente en el desarrollo
de los procesos de selección, con las
competencias de ejecución material y ordenación
administrativa de los distintos ejercicios que
en cada prueba selectiva les atribuya el
Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho
Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad
con las instrucciones que éste le curse al
efecto.
6.9. Las resoluciones de los Tribunales vinculan
a la Administración, sin perjuicio de que ésta,
en su caso, pueda proceder a su revisión,
conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
7. Lista de aprobados, presentación de
documentación y nombramiento de funcionarios.
7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se
publicará en los locales donde se hayan
celebrado los mismos, así como en los tablones
de edictos de la Corporación.
7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición,
el Tribunal hará público el anuncio de los
aspirantes aprobados, que no podrán exceder de
la plaza objeto de esta convocatoria, con
especificación de la puntuación total obtenida
por los mismos. Dicho anuncio será elevado al
Excmo. Sr. Alcalde con propuesta de los
candidatos para el nombramiento de funcionarios.
7.3. En el plazo de veinte días naturales los
aspirantes que figuren en el anuncio a que se
refiere la base anterior deberán presentar en la
Sección de Selección de Personal de este
Ayuntamiento la documentación acreditativa de
los requisitos expresados en la base 1.3.
7.4. Quien tuviera la condición de funcionario
público estará exento de justificar las
condiciones y requisitos ya acreditados para
obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar únicamente certificación del
Ministerio u organismo de quien dependa,
acreditando su condición y demás circunstancias
que consten en su expediente personal. Caso de
ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de
Cuevas del Almanzora, se aportará de oficio la
documentación.
7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los
casos de fuerza mayor no presentare la
documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carece de algunos de los requisitos
señalados en la base 1.3, no podrá ser nombrado
funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones
sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran haber incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
7.6. El plazo para tomar posesión será de un mes
a contar desde la notificación del nombramiento
al interesado, suponiendo la falta de este
requisito la renuncia al empleo.
8. Norma final.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de éstas, agotan la
vía administrativa, pudiendo interponer los/as
interesados/as recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de Granada del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en
el plazo de dos meses a partir del día siguiente
al de la publicación de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede
interponer recurso potestativo de reposición en
el plazo de un mes a contar desde la mencionada
publicación, o cualquier otro recurso que estime
procedente.
Lo que se hace público para general
conocimiento.
A N E X O
DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACION
TERRITORIAL
1. Concepto de Constitución. La Constitución
como norma jurídica. Líneas fundamentales del
constitucionalismo español. La Constitución
española de 1978. Estructura.
2. El Estado Español como Estado Social y
Democrático de Derecho.
3. Los valores superiores de la Constitución
Española.
4. Los Derechos fundamentales. Evolución
histórica y conceptual. Los Derechos
fundamentales en la Constitución Española.
5. La participación social en la actividad del
Estado. Su inserción en los órganos de las
Administraciones Públicas.
6. El modelo económico de la Constitución
Española. Principios informadores y objetivos
específicos.
7. La Corona: atribuciones según la Constitución
Española. El Poder Judicial: Principios
informadores y organización judicial. El Consejo
General del Poder Judicial. Organización y
competencias.
8. Las Cortes Generales: Composición y
funciones. Aspectos básicos del procedimiento de
elaboración y aprobación de leyes. La función
parlamentaria de control del Gobierno:
Modalidades.
9. Organos dependientes de las Cortes Generales:
El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo y
otros órganos análogos de las Comunidades
Autónomas.
10. El Tribunal Constitucional: organización y
recursos.
11. El Gobierno: Composición y atribuciones.
Designación, remoción y responsabilidad del
Gobierno y de su Presidente. La Administración
Pública: Principios constitucionales
informadores. Tipología de las Administraciones.
12. La Administración del Estado: Organos
superiores y órganos periféricos. El Delegado
del Gobierno. La Administración consultiva. La
Administración Institucional.
13. La representación política. El sistema
electoral español. Los partidos políticos. La
Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
14. Organizaciones sindicales y empresariales en
España. Evolución histórica y situación actual.
Principios constitucionales informadores.
15. Distribución de competencias entre el Estado
y las Comunidades Autónomas en la Constitución
española y en los Estatutos de Autonomía. El
ámbito competencial de la Junta de Andalucía:
Especial referencia a las competencias en
materia de Régimen Local.
16. Las relaciones entre Administraciones
Públicas. Las relaciones entre el Estado y las
Comunidades Autónomas: Mecanismos de cooperación
y coordinación. El control sobre la actividad de
las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre
las Comunidades Autónomas y la Administración
Local.
17. Las Instituciones autonómicas. Previsiones
constitucionales. Las Instituciones autonómicas
andaluzas: El Parlamento: Composición,
atribuciones y funcionamiento. El Defensor del
Pueblo de Andalucía.
18. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El
Presidente de la Junta de Andalucía. Elección,
estatuto personal y atribuciones. El Consejo de
Gobierno: Atribuciones y composición.
Responsabilidad del Gobierno. El Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía.
19. La Administración Autonómica: Principios
informadores y organización. Los Consejeros,
Viceconsejeros, Directores Generales y
Secretarios Generales Técnicos. La
Administración Periférica de la Junta de
Andalucía. La Administración Institucional de la
Junta de Andalucía. La Ley de Organización
Territorial y la del Gobierno y Administración
de la Comunidad Autonómica de Andalucía.
DERECHO ADMINISTRATIVO
20. El Derecho Administrativo: Concepto y
contenido. Tipos históricos de sometimiento de
la Administración al Derecho. Sistemas
contemporáneos. Normas y realidad social. La
aplicación del Derecho.
21. La Administración Pública: Concepto. Las
Administraciones y las funciones y poderes del
Estado. Gobierno y Administración. Control
legislativo, jurisdiccional y político de la
Administración. La Administración y la norma
jurídica: El principio de legalidad.
22. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto
y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y
sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y
los Principios Generales del Derecho.
23. La Ley: concepto y Clases. disposiciones del
ejecutivo con fuerza de Ley.
24. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites
de la potestad reglamentaria. Reglamentos
ilegales. Los Reglamentos de los órganos
constitucionales.
25. La relación jurídico-administrativa.
Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos
públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La
acción popular. Los actos jurídicos de los
administrados. Los actos de la Administración en
régimen jurídico privado.
26. El acto administrativo. Concepto, clases y
elementos. Motivación, notificación y eficacia.
27. La validez de los actos administrativos. La
revisión de oficio de los actos administrativos:
Anulación y revocación.
28. La obligación de la Administración Pública
de resolver. Contenido de la resolución expresa.
La falta de resolución expresa. El régimen del
silencio administrativo.
29. El Procedimiento Administrativo. Principios
informadores. Las fases del procedimiento:
Iniciación, Ordenación, Instrucción y
Terminación. Procedimientos de ejecución.
30. Los recursos administrativos: Concepto y
clases. Requisitos generales de los recursos
administrativos. Materias recurribles,
legitimación y órgano competente. Examen
especial de los recursos de alzada, potestativo
de reposición y extraordinario de revisión. Las
reclamaciones económicas-administrativas. Las
reclamaciones previas al ejercicio de acciones
en vía judicial.
31. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa:
Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El
recurso contencioso: Las partes, procedimiento,
recursos contra sentencias y ejecución de
sentencias.
32. Los contratos de la Administración:
Naturaleza, caracteres y clases. Elementos del
contrato administrativo. Procedimientos y formas
de contratación. Los contratos administrativos
típicos. La extinción de los contratos
administrativos.
33. Contenido y efectos de los contratos
administrativos. Prerrogativas de la
Administración y equilibrio financiero.
Cumplimiento de los contratos administrativos.
Riesgos y ventura y fuerza mayor. Revisión de
precios.
34. La expropiación forzosa. Potestad
expropiatoria. Naturaleza y justificación.
Sujetos, objeto y causa. El procedimiento
expropiatorio. Expropiaciones especiales.
Garantías jurisdiccionales.
35. La responsabilidad patrimonial de la
Administración. Evolución histórica. Régimen
jurídico actual.
36. La intervención administrativa.
Clasificación tradicional de las formas de
acción administrativa. El fomento y sus
manifestaciones.
37. La actividad de la policía en el Estado de
Derecho. Los poderes de policía de las distintas
administraciones públicas.
38. La potestad sancionadora de la
Administración: Procedimiento sancionatorio y
principios generales.
39. El servicio público. Teoría general. Formas
de gestión. Especial referencia a la concesión.
40. Propiedades administrativas. Clases. El
dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y
elementos. Régimen jurídico del dominio público.
El patrimonio privado.
CIENCIA DE LA ADMINISTRACION
41. Las Organizaciones. Organización formal e
informal. Concepto y sistemática de las
Organizaciones.
42. Planificación y programación de la actividad
administrativa. Instrumento estadístico.
Registro, proceso y acceso a la información.
Definición de objetivos y evolución de recursos.
43. La comunicación en las Organizaciones.
Producción y circulación de información en las
grandes Organizaciones. Redes de comunicación y
de relación.
44. Transformaciones recientes de las
Organizaciones administrativas. Informática y
reproducción gráfica como elementos claves en
los grupos de información.
45. La dirección de las Organizaciones. Adopción
de decisiones. Iniciativas, preparación, y
formalización de decisiones. Jerarquía,
liderazgo y participación.
46. El análisis de las políticas públicas.
Estudio orientado a la solución de problemas.
Apoyo al diseño de las intervenciones. Control y
seguimiento de su implantación.
47. La modernización de la Administración
Pública: Grandes líneas de reforma en la
actualidad.
DERECHO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
48. Las Comunidades Europeas. Los tratado
originarios y modificaciones: Especial
referencia al Tratado de la Unión Europea.
Objetivos y naturaleza jurídica de las
Comunidades. La unión política. El proceso de
integración de España en la Comunidad Económica
Europea.
49. Las Instituciones Europeas. El Consejo y la
Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de
Justicia. El proceso decisorio. Participación de
los entes territoriales no estatales en el
proceso decisorio.
50. El Presupuesto de las Comunidades Europeas.
Los instrumentos financieros. Las competencias
de la Comunidad. Relaciones entre competencia
comunitaria, competencia nacional y competencias
autonómicas.
51. El Derecho Comunitario. tipología de
fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en
España: Participación de las Comunidades
Autónomas en la aplicación del Derecho
Comunitario Europeo.
52. Las libertades básicas del sistema
comunitario: libre circulación de mercancías,
personas, servicios y capitales.
53. Políticas comunes. Repercusiones del ingreso
en la UE para la economía andaluza: Especial
referencia a los Fondos estructurales y de
cohesión.
ADMINISTRACION LOCAL
54. Régimen local español: Principios
constitucionales y regulación jurídica.
55. La provincia en el Régimen Local. Historia.
La regulación constitucional de la provincia en
España.
56. Organización y competencias de la provincia.
57. El municipio. Historia. Clases de entes
municipales en el Derecho Español.
58. Organización y competencias municipales. El
Pacto Local.
59. El término municipal. La población
municipal. Consideración especial del vecino. El
empadronamiento municipal.
60. Régimen de sesiones y acuerdos de los
órganos colegiados locales.
61. Otras entidades locales complementarias y
fórmulas asociadas para la gestión de los
servicios: Especial referencia a la Ley de
Demarcación Municipal de Andalucía.
62. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades
Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y
aprobación.
63. Autonomía local y tutela.
64. El personal al servicio de la Entidad Local.
Sus clases y régimen jurídico.
65. Selección de personal permanente y no
permanente al servicio de las Entidades Locales.
Las situaciones administrativas de los
Funcionarios Públicos Locales.
66. Derechos del personal al servicio de las
Entidades Locales. El sistema de Seguridad
Social del personal al servicio de las
Corporaciones Locales.
67. Deberes del personal al servicio de las
Entidades Locales. Incompatibilidad,
responsabilidad y régimen disciplinario.
68. Los bienes de las entidades locales. Régimen
de utilización de los de dominio púlbico.
69. Las formas de actividad de las Entidades
Locales. La intervención administrativa en la
actividad privada.
70. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen
jurídico y procedimiento de otorgamiento. El
condicionamiento de las licencias.
71. El servicio público en la esfera local. Los
modos de gestión de los servicios públicos.
Consideración especial de la concesión.
72. Las empresas municipales. Los consorcios.
73. Los contratos administrativos en la esfera
local.
74. Las Haciendas Locales: Clasificación de los
ingresos. Ordenanzas fiscales.
75. Tasas, precios públicos y contribuciones
especiales.
76. Los impuestos Locales.
77. Régimen jurídico del gasto público local.
78. Los presupuestos locales. Contabilidad y
cuentas.
79. Evolución histórica de la legislación
urbanística española. La Ley de Suelo de 1956 y
sus reformas. El marco constitucional del
urbanismo. La sentencia 61/97 del Tribunal
Constitucional y demás doctrina constitucional
sobre urbanismo. Competencias del Estado, de las
Comunidades Autónomas y de las Entidades
Locales.
80. Régimen urbanístico de la propiedad del
suelo: principios generales. Clasificación.
Régimen del suelo no urbanizable en la
legislación estatal y autonómica. Criterios de
Valoración de esta clase de suelo.
81. Régimen del suelo urbano: Derechos y deberes
de los propietarios en suelo urbano consolidado
y no consolidado. Régimen del suelo urbanizable:
Derechos y deberes de los propietarios.
Criterios de valoración.
82. La ordenación del territorio. La Carta
Europea de Ordenación del Territorio. Ordenación
del Territorio y urbanismo: Problemas de
articulación. Los instrumentos de ordenación
territorial y su incidencia urbanística.
Actuaciones de interés regional y otras figuras
análogas de la legislación autonómica.
83. Instrumentos de planeamiento general: Planes
generales. Planes parciales. Planes especiales.
Proyectos de urbanización. Programas de
actuación urbanística. Principales innovaciones
en materia de planeamiento de la Ley 7/2002 de
17 de diciembre de ordenación urbanística de
Andalucía. La formación y aprobación de los
planes. La suspensión de licencias. Los planes
de iniciativa particular, vigencia y efectos de
los planes. Modificación, revisión y suspensión.
84. Planeamiento de desarrollo: Planes
Parciales, Estudios de Detalle, el planeamiento
especial. Clases y régimen jurídico.
85. Delimitación del Suelo Urbano Consolidado y
Proyectos Delimitación de Suelo Urbano
Consolidado.
86. Elaboración y aprobación de planes.
Competencia y procedimiento. Efectos de la
aprobación. Iniciativa y colaboración de los
particulares. Publicidad. Modificación y
revisión de los planes.
87. El proyecto de urbanización. La ejecución de
los planes. Sistemas de actuación. Parcelaciones
y reparcelaciones. Actuación sistemática y
asistemática. Las transferencias de
aprovechamiento urbanístico. Principales
innovaciones en materia de ejecución urbanistica
de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de
ordenación urbanística de Andalucía.
88. El sistema de compensación. Estatutos y
bases de actuación de la Junta de Compensación.
Sistemas de cooperación. La reparcelación.
Sistemas de expropiación.
89. Otros sistemas de ejecución urbanística.
Excepciones a la actuación mediante unidades de
ejecución: Actuaciones asistemáticas. Obtención
de terrenos dotacionales. Los convenios
urbanísticos.
90. Supuestos indemnizatorios. Peculiaridades de
la expropiación urbanística.
91. La clasificación del suelo. Derechos y
deberes por razón de la misma. Los Patrimonios
Públicos del Suelo, concepto, naturaleza y
régimen aplicable.
92. Intervención administrativa en la
edificación o uso del suelo. La licencia
urbanística: actos sujetos, naturaleza y régimen
jurídico. Las órdenes de ejecución. Deberes de
conservación y régimen de la declaración de
ruina.
93. Infracciones urbanísticas. Clases y
procedimiento. La protección de la legalidad
urbanística y el restablecimiento del orden
jurídico perturbado.
ANEXO CONCURSO
B A R E M O
Experiencia profesional:
- Por cada mes de servicios en la Administración
Local 0,050 puntos.
- Por cada mes en puesto de igual categoría en
otras Administraciones Públicas, 0,025 puntos.
- Por cada mes de servicios en puesto de igual
categoría o similar función en entidades
privadas afectos a la Administración Pública
0,020 puntos.
Formación:
Participación en Cursos y Seminarios siempre que
tengan relación directa con las actividades en
el puesto con duración de 10 o más horas, 0,015
puntos.
Cuevas de Almanzora, 28 de noviembre de 2005, El
Alcalde, Jesús Caicedo Bernabé.
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