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BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA, PERTENECIENTES AL GRUPO C, ESCALA ADMINISTRACION GENERAL, SUBESCALA ADMINISTRATIVA, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION POR PROMOCION INTERNA Primera. Objeto de la Convocatoria
Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso-oposición de tres plazas de funcionarios/as de carrera, pertenecientes al Grupo C, Escala de Administración General, Subescala Administrativa, vacantes en la Plantilla de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2006
Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes
a) Ser español/la o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea
b) Tener cumplida la edad de 18 años
c) Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo, o una antigüedad de diez años en un cuerpo o escala del grupo D, o de cinco años y el haber superado el de un curso específico de formación, todo ello referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias
d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas
f) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén con una antigüedad de al menos dos años como funcionario de carrera en esta Corporación en el Grupo D, ejerciendo a la fecha de presentación de instancias funciones de carácter administrativo
Tercera. Instancias y documentos a presentar
Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán a la señora Alcaldesa, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda de la convocatoria
Se deberán adjuntar fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y e) que deberán acreditarse posteriormente
Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados a), b) y c) serán los siguientes
1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad
2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición o certificación en la que se acredite que se tiene una antigüedad de diez años en un cuerpo o escala del grupo D, o de cinco años y el haber superado el de un curso específico de formación
3. Certificación en la que consten que cumplen con lo dispuesto en el apartado f) de la Base Segunda
A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias
Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos
Las instancias y documentos se presentarán en el Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil
Quinta. Derechos de examen
Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 12,02 euros en cualquier cuenta bancaria, abierta a nombre del Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén
En el documento de ingreso se consignará el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta
El justificante de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia
Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación de los defectos de los requisitos de la convocatoria, que por su naturaleza sean subsanables, de los aspirantes excluidos de conformidad con lo previsto en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 2 de agosto
La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma
Asimismo la señora Alcaldesa procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de abstención y recusación previstos en el artículo 28 y 29 de la Ley 30/1992
Séptima.Procedimiento de selección de los/as aspirantes
La selección constará de dos fases
Una de Concurso y otra de Oposición
La fase de Concurso será previa a la de Oposición
Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de Oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados
Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición
1. Fase de Concurso
A) Méritos Profesionales
Servicios prestados
- Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Local en plaza o puesto de trabajo de grupo D con funciones administrativas: 0,080 puntos
- Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Local en cualquier otro puesto: 0,040 puntos
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas: 0,020 puntos
Puntuación total por este apartado: 10 puntos
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial
B) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas
Por la participación como asistente en Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas, siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública, y Organizaciones Sindicales con representación en el Ayuntamiento
- Hasta 14 horas o 2 días: 0,15 puntos
- De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,20 puntos
- De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días: 0,30 puntos
- De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 0,40 puntos
- De 101 a 200 horas o de duración de 21 a 40 días
0,50 puntos
- De más de 200 horas o más de 40 días: 1,00 punto
Los Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refieren las anteriores escalas
Puntuación total por este apartado: 5 puntos
Justificación de los méritos alegados
A) Experiencia profesional
Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados y donde consten los grupos de titulación y las funciones desarrolladas
B) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas
Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición
2. Fase de Oposición
Consistirá en contestar por escrito, en un plazo máximo de 60 minutos un cuestionario de 60 preguntas tipo test con dos respuestas alternativas, elaborado por el Tribunal en relación con el temario anexo. Las preguntas dejadas en blanco o contestadas erróneamente no restarán puntuación alguna
Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 30 puntos, siendo eliminados los que no alcancen un mínimo de 15 puntos
El Tribunal pondrá en conocimiento de los aspirantes el sistema de corrección, antes de la realización de las pruebas
Octava. Desarrollo de los ejercicios
En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes
Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
Entre las distintas fases del proceso selectivo deberá transcurrir un mínimo de 72 horas
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad
La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días
Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan
Si la plaza reservada a promoción interna quedare desierta, por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida en la convocatoria, será acumulada a la siguiente convocatoria de promoción interna
Novena. Tribunal Calificador
Presidente: La señora Alcaldesa o Concejal en quien delegue
Vocales
- Un Representante sindical
- Un/a funcionario/a público/a de carrera designado/a por la Junta de Andalucía
- Un miembro de la Plantilla de personal
Secretario: El de la Corporación, con voz y voto
La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos suplentes
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente
Los vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992
Décima. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionario
La lista de los méritos de cada opositor, así como las puntuaciones en cada ejercicio se publicarán en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento
Terminada la valoración de los méritos y calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará el nombre de los/as aspirantes que hayan superado el Concurso-Oposición, por orden de puntuación, que se elevará a la señora Alcaldesa para que proceda al nombramiento de funcionarios/as de carrera
Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria
Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el/a aspirante propuesto/a no presentase la documentación, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieren podido incurrir
Se estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal
Decimoprimera. Incidencias
El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo
En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación
Base final. Recursos
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
A N E X O Temario 1. El acto administrativo: Concepto y Clases. Elementos del acto administrativo
2. Motivación. Eficacia. Validez de los actos administrativos
3. La Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común: Principios informadores y ámbito de aplicación. Sujetos
4. La Administración y los interesados
5. Dimensión temporal del procedimiento: días y horas hábiles. Cómputo de plazos. Tramitación de urgencia
6. Iniciación y Desarrollo del procedimiento administrativo
7. Instrucción del procedimiento administrativo
8. Finalización del procedimiento administrativo
9. Ejecución del procedimiento administrativo
10. El Silencio Administrativo
11. Los recursos administrativos en el ámbito de las Entidades Locales
12. La revisión de oficio de los actos administrativos
13. Los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución y Funcionamiento
14. Actas y certificados de acuerdos
15. La Modernización administrativa
16. La administración al servicio de los ciudadanos. Comunicación y atención al ciudadano
17. Organización del trabajo y trabajo en equipo en la Administración
18. Los documentos administrativos: Concepto. Funciones y características. Distintos tipos de documentos administrativos
19. El expediente administrativo
20. Los archivos. Concepto. Características y funciones
Ideas generales sobre el sistema archivístico español. Criterios de ordenación de los archivos vivos o de gestión
Lo que se hace público para general conocimiento
Valdepeñas de Jaén, 18 de octubre de 2006.- La Alcaldesa, Mª Paz del Moral Milla
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