Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 02/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

RESOLUCION de 24 de enero de 2006, del Instituto Andaluz de la Juventud, mediante la que se hacen públicas las ayudas concedidas a los municipios, entidades locales supramunicipales y organismos autónomos municipales de carácter administrativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de juventud, correspondiente a la convocatoria del ejercicio 2005, al amparo de la norma que se cita.

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Mediante la Orden de 21 de diciembre de 2004, se regulan y convocan las ayudas en materia de juventud a municipios, entidades locales supramunicipales y organismos autónomos municipales de carácter administrativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La citada Orden contiene las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones y ayudas para el ejercicio 2005.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 18, apartado 1, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 9, apartado 2.e), del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, y en el artículo 12, apartado 1 de la Orden anteriormente citada, he resuelto hacer públicas las subvenciones concedidas al amparo de la misma, para el ejercicio 2005, a los beneficiarios, por el importe y para la finalidad que se indica y con cargo a las aplicaciones presupuestarias 01.19.32.01.00.467.00.32F.6 y 01.19.32.01.00.767.01.32F.0, según la relación que figura como Anexo a la presente Resolución.

Se hace constar que la presente publicación sustituye a la notificación individual, surtiendo sus mismos efectos y que su contenido Integro se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud y de los Servicios Centrales del mismo.

Contra la presente Resolución, la cual agota la vía administrativa, se podrá interponer, ante el Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de enero de 2006.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

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