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La Disposición Transitoria Segunda de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, establece la continuidad de los Consejeros electivos que, a la entrada en vigor de la Ley, no hubieran agotado mandato, hasta la expiración del término establecido.
Don Javier Barnés Vázquez tomó posesión como Consejero electivo el 5 de marzo de 2002, por un período de cuatro años, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7 de la Ley 8/1993 y 20 de su Reglamento Orgánico, hoy derogados.
El artículo 10 de la Ley 4/2005 establece que el cese de los Consejeros y Consejeras permanentes y electivos del Consejo Consultivo será acordado por el Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de marzo de 2006.
Vengo en declarar el cese, con efectos de 4 de marzo de 2006, de don Javier Barnés Vázquez como Consejero electivo del Consejo Consultivo de Andalucía, agradeciéndole los servicios prestados.
Sevilla, 1 de marzo de 2006
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
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