Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 02/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 5 de abril de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la desafectación parcial de la vía pecuaria "Vereda del Camino del Cementerio", en el término municipal de Nerja, provincia de Málaga (VP 019/05).

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Examinado el Expediente de Desafectación Parcial de la vía pecuaria "Vereda del Camino del Cementerio", en el término municipal de Nerja, provincia de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria "Vereda del Camino del Cementerio" fue clasificada por Orden Ministerial de 4 de marzo de 1971, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 13 de marzo de 1971 y Boletín Oficial de la Provincia de 30 de marzo de 1971.

Segundo. Mediante Resolución de 9 de junio de 2005 del Delegado de Medio Ambiente de Málaga, se acordó iniciar expediente de desafectación de la citada vía pecuaria.

Tercero. La vía pecuaria "Vereda del Camino del Cementerio", con una longitud de 671,42 y una anchura de 20,89 metros, discurre por suelo urbano conforme al vigente Plan General de Ordenación Urbana, aprobado definitivamente con fecha 12 de abril de 2000 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el 11 de mayo de 2000.

Cuarto. Instruido el procedimiento de Desafectación, de conformidad con los trámites preceptivos, por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, el mismo fue sometido al trámite de información pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de 2 de marzo de 2006.

Quinto. A la Propuesta de Resolución no se han presentado alegaciones.

A tales antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Desafectación en virtud de lo establecido en el artículo 31.4.º del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación el artículo 31 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 10 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que en la presente desafectación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, al Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Disposición Adicional Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, y demás normativa aplicable.

Vista la Propuesta de Desafectación, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga y los informes técnicos preceptivos,

R E S U E L V O

Aprobar la Desafectación de la vía pecuaria "Vereda del Camino del Cementerio", en el término municipal de Nerja, en la provincia de Málaga, con una longitud de 671,42 metros, una anchura de 20,89 metros, conforme a las coordenadas que se anexan.

Conforme a lo establecido en el artículo 31.8 del Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dará traslado de la presente Resolución a la Consejería de Economía y Hacienda para que por esta última se proceda a su incorporación como bien patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, realizándose la toma de razón del correspondiente bien en el Inventario General de Bienes y Derechos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 5 de abril de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 5 DE ABRIL DE 2006, POR LA QUE SE APRUEBA LA DESAFECTACION DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DEL CAMINO DEL CEMENTERIO", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE NERJA, PROVINCIA

DE MALAGA

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