Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 19/06/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de julio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Cádiz (Antiguo Mixto núm. Ocho), dimanante del procedimiento núm. 1139/2005. (PD. 2424/2007).

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NIG: 1101242C20050004256.

Procedimiento: J. Verbal (N) 1139/2005. Negociado: PE.

De: Don Ángel Rivera Gil.

Procuradora: Sra. Inmaculada González Domínguez.

Letrado: Sr. José Luis Ortiz Miranda.

Contra: Don Manuel Sabino Dávila y Rafael Eugenio Henry Sánchez de la Campa.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento J. Verbal (N) 1139/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Cádiz (Antiguo Mixto 8) a instancia de Ángel Rivera Gil contra Manuel Sabino Dávila y Rafael Eugenio Henry Sánchez de la Campa se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA

En Cádiz a siete de julio de dos mil seis. La Ilma. Sra. doña María Esther Martínez Saiz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio verbal, seguidos con el núm. 1139/05 promovidos a instancia de don Ángel Rivera Gil, representado por la Procuradora doña Inmaculada González Domínguez y asistida del Letrado don José Luis Ortiz Miranda, contra don Manuel Sabino Dávila, declarado en rebeldía, y contra don Rafael Eugenio Henry Sánchez de la Campa.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de don Ángel Rivera Gil contra don Manuel Sabino Dávila y don Rafael Eugenio Henry Sánchez de la Campa debo condenar y condeno a ambos demandados a abonar solidariamente a la actora la suma de 4.582,88 euros y los intereses legales previstos en el fundamento de derecho tercero de esta resolución; todo ello con imposición a los demandados de las costas del presente juicio.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos originales, y contra la cual puede prepararse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Manuel Sabino Dávila, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a diez de julio de dos mil seis.- El/La
Secretario.

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