Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 17/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 13 de junio de 2007, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 3 de mayo de 2007 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública escrito de don Pedro Rodríguez Delgado, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: escritura pública otorgada el 18 de enero de 2007, ante el Notario don Antonio Ojeda Escobar, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 187 de su protocolo. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 20 de diciembre de 2006, relativo a la modificación de estatutos y su texto completo.

Tercero. La modificación estatutaria afecta a las actividades para la consecución del fin fundacional, en concreto al artículo 6, apartado n), al que se añade además un nuevo apartado p).

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artícu-
lo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Resolución de 16 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento.

Cuarto. Corresponde a la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia la resolución del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales, formalizados en escritura pública otorgada el 18 de enero de 2007, ante el Notario don Antonio Ojeda Escobar, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 187 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados y su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 13 de junio de 2007.- La Directora General,
M.ª Luisa García Juárez.

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