Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 24/07/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 31 de mayo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Vera, dimanante del procedimiento núm. 658/2006. (PD. 3049/2007).

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Número de identificación: 0410042C2006002785.

Procedimiento: Verbal. Desh. F. Pago (N) 658/2006. Negociado PP.

edicto

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Vera.

Juicio verbal. Desh. F. Pago (N) 658/2006.

Parte demandante: Carmen Burgos Rodríguez.

Parte demandada: Pedro Gabriel Ottonello Juárez Peñalva.

Sobre: Verbal-Desahucio F. Pago (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

«SENTENCIA

En Vera, a dos de abril de dos mil siete.

Don Ramón Alemán Ochotorena, Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de los de Vera y su Partido, ha visto los presentes autos de Juicio verbal de desahucio núm 658/2006, promovido a instancias de doña Carmen Burgos Rodríguez, representados por la Procuradora Sra. Baena Extremera y asistido del Letrado/a Sr/a. Manzano Domene frente a don Pedro Gabriel Ottonello Juárez Peñalva, en situación de rebeldía procesal, en ejercicio de acción de resolución de contrato de arrendamiento, desahucio pronuncia en nombre de S.M. El Rey:

FALLO

Que estimando en su integridad la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Baena Extremera en representación de doña Carmen Burgos Rodríguez, declaro resuelto el contrato de arrendamiento de vivienda de fecha 27 de abril de 2004, y novado el 9 de noviembre de 2004 sobre la vivienda sita en calle Orán, esquina Zarzas, Urbanización Dama de Baza, núm. 10, de Mojácar (Almería), y debo condenar y condeno a la demandada a que tan pronto esta sentencia sea firme a hacer cumplido pago de la cantidad de 4.185 € en concepto de rentas pendientes, y a dejar libre y expedita la vivienda a disposición de los actores, con el apercibimierto de no verificarlo se procederá al lanzamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 440.3 citado, con expresa imposición de costas a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la presente pueden interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería preparándolo, mediante escrito con firma de Letrado, en este Juzgado, y debiendo hacer constar en dicho escrito los pronunciamientos que se impugna, debiendo cumplirse el requisito del artícu-
lo 449.1 de la LEC, en cuanto al pago de rentas pendientes.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos originales, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada por providencia de 31 de mayo de 2007, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto ea el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 2 de abril de 2007 al demandado don Pedro Gabriel Ottonello Juárez Peñalva, en situación de rebeldía procesal.

Vera, 31 de mayo de 2007.- La Secretaria Judicial.

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