Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 18/10/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 29 de agosto de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la desafectación parcial de la vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de Málaga», en el tramo afectado por el Sector UE A-18 «El Capitán», en el término municipal de Vélez-Málaga, provincia de Málaga. (VP 042/06).

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Examinado el Expediente de Desafectación Parcial de la vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de Málaga», en el tramo afectado por el Sector UE A-18 «El Capitán», en el término municipal de Vélez-Málaga, provincia de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria citada fue clasificada por Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1964, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 15 de octubre de 1964 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de 1 de octubre de 1964, con una anchura legal de 20,89 m.

Segundo. Mediante Resolución del Delegado Provincial de Medio Ambiente en Málaga, de 7 de junio de 2006, se inició expediente de desafectación parcial de la vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de Málaga», en el tramo afectado por el Sector UE A-18 «El Capitán», en el término municipal de Vélez-Málaga, provincia de Málaga, procedimiento cuyo plazo para resolver fue ampliado por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de 22 de junio de 2006.

El tramo a desafectar discurre por suelo urbano afectado por el PGOU del término municipal de Vélez-Málaga, aprobado definitivamente con fecha de 27 de febrero de 1996 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el 29 de marzo de 1996.

Tercero. Instruido por la Delegación Provincial de Málaga procedimiento de desafectación, de conformidad con los trámites preceptivos, el mismo fue sometido al trámite de información pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 147, de 30 de julio de 2007.

Cuarto. Durante el trámite de exposición pública no fueron formuladas alegaciones.

Quinto. Con fecha 27 de agosto de 2007, la Delegación Provincial de Málaga eleva a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente propuesta de resolución junto al expediente administrativo instruido al efecto.

A tales antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Procedimiento de Desafectación en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional Segunda.2.c.) de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación la Disposición Adicional Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Fiscales y Administrativas, rubricada «Desafectación de vías pecuarias sujetas a planeamiento urbanístico», la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que en la presente desafectación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y DA 2.ª de la Ley 17/1999, de medidas administrativas y fiscales, y demás normativa aplicable.

Vista la Propuesta de Desafectación, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga,

RESUELVO

Aprobar la Desafectación Parcial de la vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de Málaga», en el tramo afectado por el Sector UE A-18 «El Capitán», en el término municipal de Vélez-Málaga, provincia de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, con una longitud de 339,65 metros.

Conforme a lo establecido en el artículo 31.8 del Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dará traslado de la presente Resolución a la Consejería de Economía de Economía y Hacienda, para que por esta última se proceda a su incorporación como bien patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, realizándose la toma de razón del correspondiente bien en el Inventario General de Bienes y Derechos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 29 de agosto de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez 
Pérez.

ANEXO A RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, DE FECHA 29 DE AGOSTO DE 2007, POR LA QUE SE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN PARCIAL DE LA VÍA PECUARIA «VEREDA DEL CAMINO VIEJO DE MÁLAGA», EN EL TRAMO AFECTADO POR EL SECTOR UE A-18 «EL CAPITÁN», EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VÉLEZ-MÁLAGA, PROVINCIA DE MÁLAGA

NÚM. DE ESTAQUILLA X Y
1D 400697,95 4067609,70
2D 400698,16 4067607,70
3D 400698,79 4067519,42
4D 400689,92 4067493,68
5D 400642,33 4067423,42
6D 400602,65 4067345,24
7D 400577,52 4067308,62
8D 400576,96 4067306,39
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