Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 18/10/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 4 de septiembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la desafectación parcial de la vía pecuaria «Vereda de Alhaurín el Grande a Churriana», en el tramo afectado por el Sup-CH2 «El Retiro», UE 2 del Polígono Sur, del PGOU del término municipal de Málaga, provincia de Málaga. (VP 270/04).

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Examinado el Expediente de Desafectación Parcial de la vía pecuaria «Vereda de Alhaurín el Grande a Churriana», en el tramo afectado por el SUP-CH2 «El Retiro», UE 2 Polígono Sur, del PGOU del término municipal de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria citada fue clasificada por Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha de 15 de noviembre 2000 y publicada en el BOJA de fecha de 20 de enero de 2001.

Segundo. Mediante Resolución del Delegado Provincial de Medio Ambiente en Málaga, de 20 de junio de 2006, se inició expediente de desafectación parcial de la vía pecuaria «Vereda de Alhaurín el Grande a Churriana», en el tramo afectado por el SUP-CH2 «El Retiro», UE 2 Polígono Sur, del PGOU del término municipal de Málaga, procedimiento cuyo plazo para resolver fue ampliado por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de 20 de marzo de 2007.

El tramo a desafectar discurre por suelo urbano afectado por el PGOU del término municipal de Málaga aprobado definitivamente con fecha de 10 de julio de 1997 y publicado en el BOJA, de fecha 26 de julio de 1997. El tramo a desafectar tiene una longitud de 377,71 metros.

Tercero. Instruido por la Delegación Provincial de Málaga procedimiento de desafectación, de conformidad con los trámites preceptivos, el mismo fue sometido al trámite de información pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 73, de 17 de abril de 2007.

Cuarto. Durante el trámite de exposición pública no fueron formuladas alegaciones.

Quinto. Con fecha 21 de mayo de 2007, la Delegación Provincial de Málaga, eleva a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente propuesta de resolución junto al expediente administrativo instruido al efecto.

A tales antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Procedimiento de Desafectación en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional Segunda.2.c.) de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre , por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación la Disposición Adicional Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Fiscales y Administrativas, rubricada «Desafectación de vías pecuarias sujetas a planeamiento urbanístico», la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que en la presente desafectación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y DA 2.ª de la Ley 17/1999, de medidas administrativas y fiscales, y demás normativa aplicable.

Vista la Propuesta de Desafectación, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga,

RESUELVO

Aprobar la Desafectación Parcial de la vía pecuaria «Vereda de Alhaurín el Grande a Churriana», en el tramo afectado por el SUP-CH2 «El Retiro», UE 2 Polígono Sur, del PGOU del término municipal de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, con una longitud de 377,71 metros.

Conforme a lo establecido en el artículo 31.8 del Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dará traslado de la presente Resolución a la Consejería de Economía de Economía y Hacienda para que por esta última se proceda a su incorporación como bien patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, realizándose la toma de razón del correspondiente bien en el Inventario General de Bienes y Derechos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 4 de septiembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE FECHA 4 DE SEPTIEMBRE DE 2007, POR LA QUE SE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN PARCIAL DE LA VIA PECUARIA
Nº DE ESTAQUILLA X Y
1D 364281,02 4058487,23
2D 364283,70 4058487,21
3D 364301,74 4058486,67
4D 364327,27 4058486,46
5D 364340,61 4058486,35
6D 364372,76 4058486,08
7D 364410,05 4058494,29
8D 364454,36 4058504,85
9D 364496,26 4058516,46
10D 364533,19 4058526,32
11D 364574,05 4058535,13
12D 364593,77 4058539,29
13D 364617,41 4058544,34
1I 364281,02 4058488,36
5I 364349,92 4058488,32
6I 364376,56 4058490,63
7I 364409,51 4058497,28
13I 364616,07 4058548,55
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