Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 07/02/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 5 de diciembre de 2006, del Ayuntamiento de Granada, Patronato Municipal de Deportes, de bases para la selección de 1 plaza de Encargado de Prensa y Protocolo.

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Ver esta disposición en fascículo 2 de 2 de este mismo númeroExpte. 463/06.

Habiéndose dado cumplimiento a lo previsto en la Disposición Adicional 7.ª del RD 364/1995, de 10 de marzo, en los términos de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

De conformidad con la normativa aplicable al respecto, que viene recogida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Titulo VII), Real Decreto Legislativo 781/1986, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (Título VII), Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y RD 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y RD 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, que tiene carácter supletorio.

Por la presente, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 21.1,g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y en virtud de Decreto de Delegación del Excmo. Sr. Presidente en fecha 23 de junio de 2003,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar las siguientes Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de las plazas que se detallan, incluidas en la Oferta de Empleo Público de este Organismo Autónomo para 2006 (BOE 3.8.2006), recogidas en el Plan de Empleo 2006-2009.

B A S E S

1. NATURALEZA Y CARACTERISTICA DE LA PLAZA

A CUBRIR Y SISTEMA SELECTIVO ELEGIDO

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de Encargado de Prensa y Protocolo, de la Escala de Administración Especial (Grupo C), Subescala de Servicios Especiales, Clase: Cometidos Especiales, Denominación: Encargado de Prensa y Protocolo, mediante el sistema de concurso oposición libre.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/1984 de 2 de agosto, la Ley 7/1985 de 2 de abril, el RDL 781/1986 de 18 de abril, el RD 896/1991 de 17 de junio, el RD 364/1995 de 10 de marzo, y las Bases de la presente convocatoria.

1.3. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, manteniéndolos durante todo el proceso selectivo:

a) Ser español o nacional de uno de los Estados miembros de la Comunidad Europea o de aquéllos a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) Estar en posesión del título Bachiller, F.P. II o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones.

e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

1.4. Los derechos de examen serán de 28,18 euros y se ingresarán en la cuenta corriente número 2031.0308.85.0100111135 del Patronato Municipal de Deportes, en Caja Granada.

2. Procedimiento de selección.

El proceso selectivo constará de dos fases: concurso y oposición:

2.1. Fase de concurso:

- Se realizará con carácter previo a la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio.

- Los méritos alegados estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

- Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

1. Por méritos profesionales (máximo 5 puntos):

- Por cada mes completo de servicios prestados en Ayuntamientos de igual o más de 50.000 habitantes, Organismos Autónomos dependientes de ellos, y demás Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual contenido al que se opta, bajo relación jurídico-laboral o funcionarial, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Secretario General de la Corporación, 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en Ayuntamientos menores de 50.000 habitantes, Organismos Autónomos dependientes de ellos, y demás Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual contenido al que se opta, bajo relación jurídico-laboral o funcionarial, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Secretario General de la Corporación, 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en Ayuntamientos menores de 50.000 habitantes, Organismos Autónomos dependientes de ellos, y demás Administraciones Públicas en puesto similar al puesto que se opta, bajo relación jurídico-laboral o funcionarial, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Secretario General de la Corporación, 0,02 puntos, hasta un máximo de 1 punto.

- Por cada mes trabajado en el sector privado, habiendo realizado funciones propias del puesto al que se opta, 0,02 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto, acreditado mediante los correspondientes contratos y fe de vida laboral.

2. Formación (máximo 2,0 puntos):

- Por estar en posesión de una titulación académica superior a la exigida en la presente convocatoria, 0,50 puntos

- Por Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, relacionados con la plaza a que se opta, e impartidos por instituciones de carácter público (hasta un máximo de 1,50 puntos), valorándose mediante la aplicación de la siguiente fórmula: núm. horas x 0,0025 puntos. Se aplicará la fórmula de valoración a aquellos cursos de una duración inferior a 400 horas, para una duración superior se valorarán por 400 horas. Aquéllos que no especifiquen su duración, se valorarán a razón de 0,005 puntos por curso.

- Por cada ejercicio de oposición aprobado en igual o similar plaza, siendo coincidente su denominación o su contenido funcional, 0,5 puntos, hasta un máximo de 1 punto.

Los puntos obtenidos en la fase de Concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición y se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados.

2.2. Fase de oposición.

Constará de los siguientes ejercicios:

1. Primer ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes y que se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para que se considere superado: consistirá en contestar por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, 100 preguntas tipo test de entre tres respuestas alternativas relacionadas con las materias del anexo y que será elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de la realización del ejercicio. Cada tres respuestas mal contestadas, restarán una correcta.

2. Segundo ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio y que consistirá en la realización de un supuesto práctico sobre dos escogidos al azar, de un total de cinco, relacionados con las materias específicas del anexo, que serán elaborados por el Tribunal inmediatamente antes de la celebración del ejercicio. La duración de esta ejercicio será de una hora. La calificación del ejercicio será la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal (entre 0 y 10 puntos), eliminando la más alta y la más baja de las mismas.

2.3. Puntuación Final.

La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las obtenidas en las fases de concurso y oposición.

En caso de empate, éste se dirimirá en atención a los criterios que seguidamente se relacionan:

- En primer lugar, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

- En segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

- En cuarto lugar, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

- Por último, la mayor edad del aspirante.

El Tribunal formulará propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que hayan obtenido las máximas puntuaciones en el proceso selectivo, en número igual, como máximo, al de vacantes contempladas en la presente convocatoria.

3. Solicitudes y documentos a presentar.

3.1. Las solicitudes deberán ser dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde, Presidente del Patronato Municipal de Deportes, ajustándose al modelo que a tal efecto se facilitará por la Sección de Personal del PMD.

3.2. En las instancias se detallarán los méritos alegados y se acompañarán de los siguientes documentos debidamente compulsados:

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del aspirante.

- Justificantes de los méritos alegados para ser tenidos en cuenta en la fase de concurso.

- Resguardo de ingreso de los derechos de examen.

- Fotocopia del título exigido en la base 1.3.c).

3.3. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.4. La presentación de instancias se podrá hacer, además de en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, en las siguientes dependencias:

- Registro General del Patronato Municipal de Deportes.

- Registro General del Ayuntamiento de Granada.

- Oficinas Desconcentradas del Ayuntamiento de Granada..

3.5. Las instancias que se presenten a través de las oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

3.6. Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero, podrán cursarse en el plazo antes indicado, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las deberán remitir seguidamente a este Organismo.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde, Presidente del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Granada, dictará decreto por el que se aprobarán los siguientes extremos:

- Lista de admitidos y excluidos, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá en el Tablón de anuncios del Organismo.

- Plazo de subsanación de errores, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

- Lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

4.2. Subsanados, en su caso, los defectos que se hubiesen apreciado, la lista definitiva de aspirantes admitidos se hará pública en el tablón de anuncios del Organismo.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador, que tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del RD 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio, estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Un miembro del Consejo Rector y suplente.

Vocales, que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas:

1. Vocal y suplente designados por la Dirección de Servicios Generales, Relaciones Institucionales y Proyectos.

2. Vocal y suplente designados por la Junta de Andalucía.

3. 2 vocales y suplentes funcionarios del Patronato Municipal de Deportes designados por el Organismo.

4. 2 Vocales y suplentes en representación sindical, designados por la Junta de Personal.

Secretario: El del Organismo y suplente.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de cuatro de sus componentes, pudiendo acudir indistintamente el miembro titular o el suplente a cada sesión que se celebre.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, así como cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias aludidas en el párrafo anterior.

5.5. Los miembros del Tribunal podrán ser recusados por los aspirantes cuando concurran en ellos dichas circunstancias.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que será la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Asimismo podrá instar al órgano competente para el nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo del proceso selectivo, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa del ejercicio que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de acuerdo con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.7. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Las propuestas que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.8. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar el anonimato de los aspirantes en la corrección y valoración de las pruebas escritas.

5.9. El Tribunal se encuentra facultado para solucionar las dudas que puedan surgir en la interpretación de las presentes bases.

5.10. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.11. El Secretario del Tribunal dará fe de lo actuado, y tiene como responsabilidad, el que las pruebas se desarrollen cumpliendo la legalidad vigente y con la máxima objetividad.

6. Lista de aprobados, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios.

6.1. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios la relación de los candidatos que hubiesen superado el concurso-oposición, por orden de puntuación total obtenida. Dicha relación será elevada al Excmo. Sr. Presidente del Organismo con propuesta de nombramiento de funcionarios.

6.2. Se formará bolsa de trabajo con los opositores según puntuación obtenida en el proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados, para presentar en la Sección de Personal del Patronato Municipal de Deportes la documentación acreditativa de los requisitos y condiciones exigidos en las presentes bases.

6.4. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases, no podrá ser nombrado funcionario, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

6.5. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente del Organismo nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes aprobados.

6.6. El plazo para tomar posesión será de 30 días a partir de la notificación del nombramiento al interesado.

6.7. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá que se renuncia a la plaza obtenida.

7. Base final.

La presente convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, Ley 29/1998, de 13 de julio.

Segundo. Ordenar la publicación de esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Junta de Andalucía así como de anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Granada, 5 de diciembre de 2006.- El Alcalde-Presidente, P.D. El Vicepresidente (BOP 15.11.2003), Juan R. Casas Perandrés.

A N E X O

Temas comunes

1. La Constitución española de 1978. Proceso de elaboración, características, sistemática y estructura.

2. Las Cortes Generales. Composición, estructura y funciones.

3. El Poder Judicial. Regulación Constitucional y legal de la Justicia. Principios Informadores. El Consejo General del Poder Judicial. Composición. El Ministerio Fiscal. Concepto y Caracteres.

4. La Administración del Estado. Caracterización general y principios de organización. El Gobierno.

5. El Estatuto de Autonomía. Proceso de Elaboración. Estructura. Reforma del Estatuto. Referencia a las competencias de la Comunidad Autónoma.

6. El Personal al Servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización. El Personal Laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos laborales.

7. El Procedimiento administrativo como garantía formal. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Planteamiento General.

8. La Administración Local. Regulación constitucional. Tipología de Entes Locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local. La Organización Territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.

9. El Régimen Jurídico de las Haciendas Locales. Criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.

10. El Ayuntamiento de Granada. Régimen Jurídico. Los Organismos Autónomos. El Patronato Municipal de Deportes, Régimen Jurídico y Organización.

Temas específicos

11. Definición de protocolo. Estudio del RD 2099/83 de 4 de agosto, por el que se aprueba el ordenamiento general de precedencias del Estado: Clasificación y presidencia de los actos. Normas de precedencia. Precedencia de autoridades, Instituciones y Corporaciones en los actos oficiales de carácter general.

12. Los protagonistas del protocolo: el anfitrión, la presidencia, las precedencias y los invitados. Las reglas de oro del protocolo.

13. Las precedencias en el Estado español. En la Comunidad Autónoma Andaluza. En el Deporte.

14. La Carta Olímpica. El protocolo olímpico, el parco de honor en una competición deportiva. Las distinciones en el deporte, las ceremonias de premiación. El protocolo en las conferencias de prensa.

15. La radio deportiva en Granada, identificación, organización, herramientas y retrasmisiones en directo. La Prensa deportiva en Granada, identificación, organización, herramientas.

16. La Televisión deportiva en Granada, identificación, organización, herramientas y retrasmisiones en directo. La comunicación deportiva por Internet y su especial incidencia en la capital granadina. Identificación y organización. Las agencias de comunicación.

17. El Gabinete de prensa en la Administración Local. Organización, planificación y herramientas. El Gabinete de prensa del Ayuntamiento de Granada.

18. Los Gabinetes de prensa en la estructura del deporte granadino: identificación, organización y herramientas. El Gabinete de prensa del Patronato Municipal de Deportes de Granada.

19. El plan de comunicación en los actos y actividades deportivas. Las ruedas de prensa: finalidad y organización.

20. La comunicación publicitaria, con especial incidencia en el ámbito deportivo de Granada. Formatos y planificación de medios.

21. Nociones básicas sobre el régimen jurídico que regula la publicidad en España. El consumo de las audiencias en el mundo de la comunicación, con especial incidencia en la comunicación deportiva en Granada.

22. Teoría general de la comunicación. La comunicación de masas. La información deportiva: conceptos básicos, formatos y producción. La información grafica en el mundo de la información deportiva: conceptos básicos, técnicas y aplicaciones.

23. Comunicación interna: concepto y componentes. La comunicación en la organización: marketing deportivo.

24. La libertad de expresión y sus límites. La propiedad intelectual: derechos de autor y derechos de imagen.

25. Obligaciones que se derivan para el gestor deportivo en la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal. Y sus normas de desarrollo.

26. El Deporte en la Unión Europea.

27. La Ley del Deporte de Andalucía: conceptos básicos y su implicación con la comunidad deportiva.

28. El Sistema deportivo andaluz. Administraciones públicas, federaciones deportivas, clubes y entidades locales.

29. La Prevención de Riesgos Laborales en las actividades y centros deportivos.

30. Aplicación de la Ley de Espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía y sus normas de desarrollo a la organización de espectáculos y actividades deportivas.

31. El plan de comunicación del Patronato Municipal de Deportes.

32. Los símbolos de entidades y países: banderas, himnos y escudos. Colocación y ordenación de banderas. Interpretación de los himnos. Normativa y descripción de la bandera y el escudo nacional. Regulación de himnos nacional.

33. El contrato de gestión de servicios públicos. Regulación jurídica. Especialidades.

34. Aspectos legales de la prevención de la violencia en espectáculos deportivos.

35. Las políticas locales en materia deportiva.

36. Secuencia descriptiva sobre el desarrollo de actividades y espectáculos deportivos en el Patronato Municipal de Deportes.

37. Tipología de los sistemas ofimáticos: sistemas gestores de bases de datos, sistemas de tratamiento, almacenamiento y archivo de textos y documentos, hojas de cálculo, diseño de gráficos de oficina, agendas y organizaciones personales, correo electrónico e Internet.

38. Creación de documentos y recomendaciones de estilo en la Administración. Uso no sexista del lenguaje administrativo.

39. La gestión de la atención al público en un modelo de calidad. Las cartas de servicio.

40. Estructura, protocolo y documentación necesaria para la realización de actos públicos deportivos: entregas de premios, recepciones, homenajes, ruedas de prensa, firmas de convenios, inauguración de instalaciones deportivas.

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