Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 07/02/2007

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Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 29 de noviembre de 2006, del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, de bases para la selección de personal.

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BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO LAS PLAZAS OBJETO DEL PLAN DE ESTABILIDAD LABORAL DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE CORDOBA

El Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, convoca concurso para cubrir las plazas correspondientes al Plan de Estabilidad Laboral de la Administración Municipal del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, aprobado por el Pleno Municipal en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2006, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, mediante el procedimiento del concurso de las plazas ofertadas en el Plan de Estabilidad Laboral de la Administración Municipal del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba. La presente convocatoria consiste en la provisión de las plazas reservadas al personal laboral que se corresponde con los puestos de trabajo que se señalan en el Anexo de las presentes bases, desempeñadas actualmente por personal interino o eventual, incluidas en la oferta de empleo público de 2005.

Segunda. Condiciones de los/as aspirantes.

Para ser admitidos/as a las pruebas selectivas de acceso a la plaza meritada, será necesario:

- Ser español o ciudadano de la Unión Europea con conocimiento adecuado del castellano para los nacionales de los Estados miembros.

- Tener cumplidos los dieciocho años en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- Estar en posesión del título que para cada plaza se señala en sus Anexos correspondientes.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

1. Las bases de esta convocatoria se encuentran a disposición de los/as interesados/as en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, sito en Plaza de España, 10.

2. En el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, cursarán su solicitud de ingreso.

3. La solicitud, a disposición de los/as interesados/as en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, deberá ir acompañada de los documentos exigidos en las bases de la convocatoria, y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, donde le será sellada, o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. En relación con las solicitudes presentadas en el extranjero, las mismas podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba. El/la interesado/a adjuntará a dicha solicitud el comprobante bancario de haber satisfecho la tasa por derechos de examen.

5. Constituye el hecho imponible de la Tasa por Derechos de Examen, la participación en pruebas selectivas para la cobertura como personal laboral de cualquiera de las plazas contempladas en los Anexos.

6. Los sujetos pasivos de esta tasa serán las personas físicas que soliciten la inscripción como aspirantes a las pruebas selectivas. La cuantía de la tasa para el acceso a la plaza convocada será de 50,00 euros (cincuenta euros con cero céntimos) que se ingresarán en la unidad administrativa de Tesorería, debiendo sellarse por ésta el modelo de solicitud para su presentación o remisión al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, donde le será sellada. De conformidad asimismo con lo previsto en el art. 38.6 de la Ley 30/92, el ingreso podrá efectuarse mediante giro postal, telegráfico o transferencia bancaria, adjuntando resguardo acreditativo.

7. Los/as aspirantes acompañarán a su instancia los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar éstos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. De solicitarlo el/la aspirante esta Administración incorporará a la solicitud de admisión a pruebas selectivas la documentación que el/la interesado/a relacione, siempre que ésta obre en nuestro poder y vaya referida a los últimos quince años.

8. Con la presentación de la solicitud se entiende que el/la interesado/a autoriza a esta Administración a que sus datos personales pasen a bases de datos informáticas automatizadas.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Concluido el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa procederá a la aprobación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los/as aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días, subsanar las deficiencias.

Posteriormente, se elaborará la lista de admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, determinándose en la misma el lugar, fecha y hora de celebración del concurso así como la composición del Tribunal Calificador.

Quinta. Procedimiento de selección.

El proceso selectivo constará de dos fases: concurso de méritos y entrevista.

Primera fase: Concurso de méritos.

El Tribunal valorará los méritos alegados y documentalmente justificados con arreglo al baremo especificado en los Anexos correspondientes a cada plaza. En el caso de que en los méritos presentados, existan fracciones de tiempo sobrantes inferiores al mes (por cambios de contrato, etc.) se sumarán dichos días sobrantes, computándose cada 30 de éstos, como un mes a efectos de baremación.

La valoración que figura en el anexo corresponde a contratos a jornada completa. En los contratos a tiempo parcial, se valorarán los méritos de forma proporcional a la jornada de trabajo especificada en los mismos.

Segunda fase: Entrevista.

Será opcional, a celebrar en caso de producirse igual puntuación entre los candidatos, lo cual servirá para establecer el orden de los seleccionados.

La puntuación será 1 a 5 puntos, según el criterio del Tribunal.

Sexta. Tribunal Calificador. El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente/a.

4 Vocales.

Secretario/a.

1. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, aplicar los baremos correspondientes teniendo además competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstas en las bases.

2. Será además responsable del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos tanto para la valoración de los méritos como para la publicación de sus resultados.

3. En caso de no hallarse presente el/la Presidente/a del Tribunal Calificador asumirá sus funciones el/la Vocal de mayor edad. El/la de menor edad sustituirá al/a Secretario/a en caso de ausencia de éste o de su suplente. El/la Secretario/a del Tribunal Calificador actuará con voz y sin voto salvo en el supuesto en que el Tribunal, por ausencia de alguno de sus miembros titulares y suplentes, esté compuesto por número par.

4. Los/as miembros del Tribunal se abstendrán de intervenir y los/as aspirantes podrán promover la recusación de los/as mismos/as cuando concurran algunas de las causas previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública.

5. Los Vocales tendrán nivel de titulación igual o superior al requerido en cada plaza.

Séptima. Calificación de los aspirantes y contratación.

Concluida la calificación de los/las aspirantes, el Tribunal Calificador hará pública, la relación de aprobados/as por orden de puntuación, no pudiendo proponer éste un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación que contravenga lo establecido.

Propuesto/a el/la aspirante y previa a su contratación deberá aportar en la Unidad Administrativa de Personal el resto de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad exigidos en dicha convocatoria.

Octava. Impugnación.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En el caso de interposición de recurso de reposición se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses. Lo que se hace público para general conocimiento.

Villanueva de Córdoba, 15 de enero de 2007.- La Alcaldesa. Dolores Sánchez Moreno.

A N E X O S

PRIMERA FASE: CONCURSO DE MERITOS

Denominación de la plaza: Asesor/a Jurídico/a del Centro de Información a la Mujer.

Contrato a tiempo parcial.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Licenciatura en Derecho.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 65 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Informador/a-animador/a del Centro de Información a la Mujer.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Diplomatura Trabajo Social o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 120 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 1,5 puntos:

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Técnico/a en Orientación y Preformación para el Empleo de las Mujeres (Centro de Información a la Mujer).

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Diplomatura Graduado Social o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 94 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 5 puntos.

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Electricista.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de inferior categoría a la convocada, en municipios de menos de 15.000 habitantes: 0,50 puntos, hasta un máximo de 42 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 75 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo Secretaría.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 180 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 4 puntos:

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo Intervención.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 78 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 5 puntos:

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo Recaudación.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 154 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 1 punto.

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo Registro.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de auxiliar administrativo, en municipios de menos de 15.000 habitantes, con distinto contenido funcional de la plaza a la que se opta: 1 punto hasta un máximo de 70 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 154 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 3 puntos.

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Albañil.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 98 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Albañil.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Requisitos: Poseer carné de conducir B.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 118 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Pintor.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 99 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Profesor/a de Danza.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Requisitos: Formación específica relacionada con la danza española y la enseñanza.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 165 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Dinamizador/a Juvenil.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 48 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Por poseer titulación universitaria: 1 punto.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 4 puntos:

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Sepulturero.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 84 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Peón jardinero Zona 1.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 82 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 3 puntos:

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Peón jardinero Zona 2.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 82 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación.

Cursos, jornadas, encuentros, etc., siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 3 puntos:

- De 5 a 10 horas: 0,1 punto por curso.

- De 11 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 21 a 30 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 31 horas en adelante: 1 punto por curso.

Denominación de la plaza: Peón jardinero Zona 3.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de Oficial, en municipios de menos de 15.000 habitantes, con distinto contenido funcional de la plaza a la que se opta: 1 punto hasta un máximo de 59 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 107 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Peón Mantenimiento.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 54 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Conserje (Ayuntamiento).

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 128 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Conserje (Dependencias varias).

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: EGB, F.P.1 o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 15.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 15.000 habitantes: 0,5 puntos

- Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,25 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 70 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta.

Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Villanueva de Córdoba, 29 de noviembre de 2006.- La Alcaldesa, Dolores Sánchez Moreno.

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