Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 21/02/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de enero de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla, dimanante del procedimiento ordinario núm. 146/2005. (PD. 534/2007).

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Número de Identificación General: 4109142C20050003252.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 146/2005. Negociado: L.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla.

Juicio: Proced. Ordinario (N) 146/2005-L.

Parte demandante: Amparo Hidalgo Fernández, Josefa Hidalgo Fernández, Juan Manuel Hidalgo García, Manuel Hidalgo Fernández, María José Hidalgo García, Dolores Hidalgo Fernández, María Magdalena Hidalgo Fernández, Angel Hidalgo Fernández, Francisca Hidalgo Fernández y Rafael Hidalgo García.

Parte demandada: Filomena Muruve Martín.

En el Juicio referenciado, se ha dictado Sentencia de 17 de enero de 2007, cuyo encabezado y fallo literal es el siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Sevilla, a 17 de enero de 2007.

Vistos por doña Isabel María Nicasio Jaramillo, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de los de Sevilla, en Juicio Oral y Público, los autos del Juicio Ordinario núm. 146/05 de los de este Juzgado, sobre rectificación registral, habiendo sido partes de un lado doña Francisca Hidalgo Fernández, don Manuel Hidalgo Fernández, don Angel Hidalgo Fernández, doña Amparo Hidalgo Fernández, doña María Magdalena Hidalgo Fernández, doña Josefa Hidalgo Fernández, doña Dolores Hidalgo Fernández, doña María José Hidalgo García, don Juan Manuel Hidalgo García y don Rafael Hidalgo García, todos representados por el Procurador de los Tribunales don Eugenio Carmona Delgado y bajo la dirección letrada de don David Cabral Trigo, y de otro doña Filomena Muruve Martín en rebeldía.

FALLO

Debo estimar y estimo en su integridad la demanda formulada por don Eugenio Delgado Carmona en la representación de doña Francisca Hidalgo Fernández, don Manuel Hidalgo Fernández, don Angel Hidalgo Fernández, doña Amparo Hidalgo Fernández, doña María Magdalena Hidalgo Fernández, Doña Josefa Hidalgo Fernández, doña Dolores Hidalgo Fernández, doña María José Hidalgo García, don Juan Manuel Hidalgo García y Don Rafael Hidalgo García contra doña Filomena Muruve Martín:

Primero. Debo declarar y declaro que don Manuel Hidalgo Hidalgo y doña Magdalena Fernández Ortiz, causantes de los actores, son titulares del pleno dominio de la finca urbana sita en la C/ Apolo, número 8, cuya descripción es la siguiente: "Finca Urbana. Vivienda de una sola planta, construida sobre un solar en la Barriada de Bellavista, término de Sevilla, antes de Dos Hermanas, señalado con el número ocho de la calle Apolo. El solar donde su ubica tiene una superficie de setenta y nueve metros cuadrados, de lo que la construcción ocupa una superficie de setenta y cinco metros cuadrados, convenientemente distribuido. Según se mira a la finca desde la calle de su situación, linda: por la derecha entrando, con casa número seis de la misma calle; por la izquierda, con casa número diez también de la misma calle, y por el fondo, con casa número cincuenta y uno de calle Caldereros". Siendo la referencia catastral del inmueble la siguiente: 7144905TG3374S0001EH.

Segundo. Debo declarar y declaro que la mencionada finca descrita en el anterior ordinal es una porción de la finca matriz como número 310, descrita en la inscripción núm. 17, del folio 231, vuelto del Tomo 267, libro 53 del Registro de la Propiedad de Dos Hermanas-Uno cuyo historial registral ha sido reproducido en el Certificado número 28, al folio 181 del Tomo 1454, Libro 1388, Especial de Certificaciones de Traslados de fincas de esa demarcación al Registro de la Propiedad de Dos Hermanas-Dos, de la cual se segregó.

Tercero. En consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por dicha declaración.

Cuarto. Procédase a expedir mandamiento al Registro de la Propiedad de Dos Hermanas-Dos, luego que esta sentencia sea firme, a fin de que se proceda a la inscripción de la finca descrita en el número uno de esta parte dispositiva como nueva finca, a nombre de don Manuel Hidalgo Hidalgo y doña Magdalena Fernández Ortiz, causantes de los actores, como finca segregada de la matriz igualmente descrita en el ordinal segundo de esta parte dispositiva, y de la expresión de tal circunstancia en la finca matriz, así como rectificación de la descripción de la inscripción y en su caso de los linderos si procediere.

Quinto. No procede hacer expresa condena en costas a ninguno de los litigantes.

Notifíquese la presente sentencia a las partes con la prevención de que la misma no es firme, pudiendo interponerse contra ella recurso de apelación que deberá prepararse ante este mismo Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, mediante escrito en que conste la resolución recurrida, la voluntad de recurrir y los concretos pronunciamientos que se impugnen.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 18 de enero de 2007, la señora Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOJA paro llevar a efecto la diligencia de notificación a la demandada de la sentencia de 17 de enero de 2007.

En Sevilla, a dieciocho de enero de dos mil siete.- La Secretaria Judicial.

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