Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 19/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 12 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 14 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de El Cuervo (Sevilla) en sector PP-3 "La Calera" (Expte. SE-09/05), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la

Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 14 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de El Cuervo (Sevilla), en sector PP-3

"La Calera".

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 8 de mayo de 2006,

y con el número de registro 1.167, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 14 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de El Cuervo (Sevilla), en sector PP-3 "La Calera" (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

"Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias en del municipio de El Cuervo (Sevilla), sector PP-3

La Calera

, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.

HECHOS

Primero. El proyecto urbanístico de referencia fue sometido a la consideración de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que en su sesión de fecha 8.7.05 acordó

Suspender la aprobación definitiva, para que por el Ayuntamiento de dicha localidad se procediera a la corrección de las deficiencias urbanísticas señalada en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución

Segundo. El Ayuntamiento de El Cuervo, en su sesión plenaria de fecha 30.11.05, ha aprobado un texto refundido del proyecto en cuestión que tiene por objeto subsanar las deficiencias manifestadas por la aludida resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Tercero. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de El Cuervo para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el proyecto se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de El Cuervo (Sevilla), sector PP-3,

La Calera

, conforme al Texto Refundido aprobado por el Pleno municipal con fecha 3 de noviembre de 2005, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente Resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002,

de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

Descripción de la modificación.

Una vez expuesto el objeto de este documento, las características del terreno al que afecta y la justificación de su formulación así como el procedimiento, pasaremos a describir la Modificación y reproducir o reseñar en este capítulo los textos y documentación gráfica de las NN.SS. que quedan afectados y la nueva redacción de los parámetros que van a regular el planeamiento de desarrollo así como el cumplimiento de las determinaciones de la resolución de la Comisión Provincial.

El ámbito de la Modificación es de 16.515,19 m2 quedando la superficie definitiva del sector PP-3 "La Calera" con 88.481,19 m2, lo que supone 8,8481 ha.

Documentos de las Normas Subsidiarias municipales afectados por la Modificación Puntual.

Los documentos afectados por la Modificación de las Normas Subsidiarias son los siguientes:

a) Fichas urbanísticas de los sectores incluidos en el área de reparto que se modifica.

b) Programa de Actuación.

c) Planos de ordenación referentes al sector y al SGAL adscritos al ámbito modificado.

d) Anexo "D" de la Memoria Justificativa.

Ficha urbanística del sector.

La modificación define las fichas de los sectores con las siguientes características:

Clasificación del suelo: Urbanizable.

La Calera PP 3

Planeamiento de desarrollo: Plan Parcial.

Objetivos: Oferta de suelos residenciales de media densidad.

Características de la ordenación.

Superficie bruta: 88.481,19 m2.

Edificabilidad bruta: 0,60 m2t/m2s.

Total superficie edificable: 53.088,71 m2t.

Uso global: Residencial media.

Tipología: Unifamiliar adosada.

Densidad de viviendas: 45 viv/ha.

Núm. máx. de viviendas: 398.

Superficie parcela mínima: 90 m2.

Sistema general adscrito:

Sistema General Espacios Libres. 7.742 m2.

SS.GG. Parque Rocío de la Cámara. 2.500 m2.

Cesiones: Las que determine el Reglamento de Planeamiento.

Gestión.

Sistema de actuación: Compensación.

Iniciativa: Privada.

Titularidad: Privada.

Area de reparto: B2.

Cesiones: Las que determine el Reglamento de Planeamiento, viales, Sistema General, 10% aprovechamiento del sector y exceso aprovechamiento.

Aprovechamiento del área de reparto: 0,5378.

Superficie lucrativa (SL): 53.089 U.A.

Aprovechamiento del sector (AS): 47.585 U.A.

Aprovechamiento susceptible de apropiación (90% AS): 42.826 U.A.

Aprovechamiento de cesión al Ayto. (10% AS): 4.759 U.A.

Exceso/defecto aprovechamiento (SL-AS): 5.504 U.A.

Instrumentos de desarrollo:

Plan Parcial

Proyecto de Reparcelación.

Proyecto de Urbanización.

Condiciones de desarrollo: El desarrollo del Sector requiere la cesión de los terrenos destinados a Sistema General Espacios Libres. El viario emplazado al norte del Sector, que forma parte de la ronda oriental proyectada, tendrá carácter vinculante.

Clasificación del suelo: Urbanizable Bajo Guía

Planeamiento de desarrollo: Plan Parcial PP 4

Objetivos: Formación de fachada oeste de la ciudad. Oferta de suelos residenciales de media densidad.

Características de la ordenación.

Superficie bruta: 20.540 m2.

Edificabilidad bruta: 0,85 m2t/m2s.

Total superficie edificable: 17.459 m2t.

Uso global: Residencial media.

Tipología: Unifamiliar adosada.

Densidad de viviendas: 45 viv/ha.

Núm. máx. de viviendas: 92.

Superficie parcela mínima: 120 m2.

Sistema general adscrito: Sistema General Espacios Libres. 27.258 m2.

Cesiones: Las que determine el Reglamento de Planeamiento.

Gestión.

Sistema de actuación: Cooperación.

Iniciativa: Pública.

Titularidad: Privada.

Area de reparto: B1.

Cesiones: Las que determine el Reglamento de Planeamiento, viales, Sistema General, 10% aprovechamiento del sector y exceso aprovechamiento.

Aprovechamiento del área de reparto: 0,5391.

Superficie lucrativa (SL): 17.459 U.A.

Aprovechamiento del sector singularizado (ASs): 15.596 U.A.

Aprovechamiento susceptible de apropiación (90% AS): 14.036 U.A.

Aprovechamiento de cesión al Ayto. (10% AS): 1.560 U.A.

Exceso/defecto aprovechamiento (SL-AS): 1.863 U.A.

Instrumentos de desarrollo:

Plan Parcial.

Proyecto de Reparcelación.

Proyecto de Urbanización.

Condiciones de desarrollo: El desarrollo del Sector requiere la cesión de los terrenos destinados a Sistema General Espacios Libres.

Clasificación del suelo: Urbanizable Ctra. Lebrija

Planeamiento de desarrollo: Plan Parcial PP 5

Objetivos: Oferta de suelos residenciales de media densidad.

Características de la ordenación.

Superficie bruta: 110.596 m2.

Edificabilidad bruta: 0,60 m2t/m2s.

Total superficie edificable: 66.358 m2t.

Uso global: Residencial media.

Tipología: Unifamiliar adosada.

Densidad de viviendas: 45 viv/ha.

Núm. máx. de viviendas: 498.

Superficie parcela mínima: 120 m2.

Sistema general adscrito: Sistema General Espacios Libres. 27.258 m2.

Cesiones: Las que determine el Reglamento de Planeamiento.

Gestión.

Sistema de actuación: Cooperación.

Iniciativa: Pública.

Titularidad: Privada.

Area de reparto: B1.

Cesiones: Las que determine el Reglamento de Planeamiento, viales, Sistema General, 10% aprovechamiento del sector y exceso aprovechamiento.

Aprovechamiento del área de reparto: 0,5391.

Superficie lucrativa (SL): 66.358 U.A.

Aprovechamiento del sector singularizado (ASs): 54.202 U.A.

Aprovechamiento susceptible de apropiación (90% AS): 48.782 U.A.

Aprovechamiento de cesión al Ayto. (10% AS): 5.420 U.A.

Exceso/defecto aprovechamiento (SL-AS): 12.156 U.A.

Instrumentos de desarrollo:

Plan Parcial.

Proyecto de Reparcelación.

Proyecto de Urbanización.

Condiciones de desarrollo: El desarrollo del Sector requiere la cesión de los terrenos destinados a Sistema General Espacios Libres.

Cuadros de aprovechamiento del área de reparto B y coeficientes de ponderación.

La Modificación redefine el área de reparto B en dos áreas independientes denominadas B1 y B2. En la primera de ellas "B1" se mantienen los dos sectores no afectados por la modificación asignándose el aprovechamiento tipo que las normas contemplaban para estos sectores. El área "B2" incorpora el sector objeto de modificación, al que se le incrementa la adscripción de SGAL correspondiente por el incremento de aprovechamiento reajustándose por ello el cuadro de aprovechamiento tipo de esta área quedando los siguientes cuadros:

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