Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 20/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante del procedimiento verbal núm. 799/2007. (PD. 2619/2008).

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NIG: 0401342C20070008898.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 799/2007. Negociado: LU.

De: Doña María Ramírez Oliver.

Procuradora: Sra. Marta Díaz Martínez.

Letrado: Sr. Esteban Giménez Rivadeneyra.

Contra: Don Óscar González Serrano.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 799/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería a instancia de María Ramírez Oliver contra Óscar González Serrano sobre reclamación de rentas y desahucio de local de negocio, por falta de pago de las rentas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo y parte dispositiva de auto de aclaración de la sentencia, es como sigue:

SENTENCIA

En Almería, a once de marzo de dos mil siete.

Vistos por mí, Juan Antonio Lozano López, titular de Juzgado de Primera Instancia número Siete de los de Almería, los anteriores autos de Juicio Verbal, registrados con el número más arriba indicado, en los que fueron parte doña María Ramírez Oliver, como actora, representada por la Procuradora doña Marta Díaz Oliver, y asistida por Letrado don Esteban Giménez Rivadeneyra, y don Óscar González Serrano, como demandado, incomparecido en autos y declarado en situación procesal de rebeldía, en acción de desahucio por falta de pago de arrendamiento de finca urbana, todo atendiendo a los siguientes

F A L L 0

Que estimando íntegramente la demanda, promovida por la Procuradora doña Marta Díaz Martínez, en nombre y representación de María Ramírez Oliver,

Declaro haber lugar, por falta de pago, al desahucio, respecto del contrato de arrendamiento para uso de vivienda, sobre la finca sita en calle Eduardo Pérez, 13, bj., de esta ciudad de Almería, que le unía con don Óscar González Serrano.

Condeno a don Óscar González Serrano a dejar la finca libre, vacua y a disposición del actor, con apercibimiento de lanzamiento caso de que éste no se efectúe voluntariamente.

Condeno a don Óscar González Serrano al pago de las rentas adeudadas, y cantidades asimiladas, hasta la entrega del inmueble o lanzamiento, que alcanza, a la fecha de la reclamación judicial, la cantidad de cinco mil euros (5.000 €), más los intereses legales desde el día de la interposición de la demanda.

Se imponen las costas del presente procedimiento a la actora.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondientes en los libros registro de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación y para resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PARTE DISPOSITIVA DEL AUTO ACLARATORIO

Dispongo: Aclarar y corregir el fallo de la sentencia de 11 de marzo de 2008, dictada en las presentes actuaciones, en el sentido de que donde dice:

Se imponen las costas del presente procedimiento a la actora.

Debe decir:

Se imponen las costas del presente procedimiento al demandado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Óscar González Serrano, extiendo y firmo la presente en Almería a nueve de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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